V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. (BOE-B-2024-36369)
Extracto de la Resolución, de 8 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas destinadas a fomentar la negociación colectiva en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, correspondientes al año 2024.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. V-B. Pág. 56535
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, (BOE de 12 de mayo), de bases
reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva.
Cuarto. Cuantía:
Las ayudas objeto de la presente Resolución se financiarán con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 18.08.322A.489.08 y 18.08.322B.489.08 por importes
máximos respectivos de 369.938,00 y 120.862,00 euros, con un total de
490.800,00.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de quince días
naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en
el «Boletín Oficial del Estado».
Sexto. Otros datos:
Las organizaciones sindicales que reúnan los requisitos exigidos en esta
convocatoria presentarán una única solicitud, a la que acompañaran la siguiente
documentación:
a) Tarjeta con el número de identificación fiscal del sindicato solicitante.
b) Certificado del acuerdo del órgano competente de la organización sindical
por el que se acuerda solicitar la ayuda.
c) Declaración firmada por el Secretario General o cargo directivo equivalente
por la que se compromete a devolver, en el plazo de 15 días, la totalidad o parte de
la ayuda que se reciba, cuando así le sea requerido por la Administración por falta
de justificación o justificación insuficiente de las cantidades concedidas, una vez
cumplido el plazo establecido en el apartado Duodecimo.2 de la presente
convocatoria.
d) Declaración responsable de las ayudas o subvenciones para el mismo fin
concedidas durante el año 2023 y de las solicitadas durante el presente año,
convocadas por otros Departamentos Ministeriales, o procedentes de cualquier
otra Administración pública, o ente público o privado.
Madrid, 8 de octubre de 2024.- El Secretario de Estado de Educación,
Abelardo de la Rosa Díaz.
cve: BOE-B-2024-36369
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240045771-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. V-B. Pág. 56535
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, (BOE de 12 de mayo), de bases
reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva.
Cuarto. Cuantía:
Las ayudas objeto de la presente Resolución se financiarán con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 18.08.322A.489.08 y 18.08.322B.489.08 por importes
máximos respectivos de 369.938,00 y 120.862,00 euros, con un total de
490.800,00.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de quince días
naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en
el «Boletín Oficial del Estado».
Sexto. Otros datos:
Las organizaciones sindicales que reúnan los requisitos exigidos en esta
convocatoria presentarán una única solicitud, a la que acompañaran la siguiente
documentación:
a) Tarjeta con el número de identificación fiscal del sindicato solicitante.
b) Certificado del acuerdo del órgano competente de la organización sindical
por el que se acuerda solicitar la ayuda.
c) Declaración firmada por el Secretario General o cargo directivo equivalente
por la que se compromete a devolver, en el plazo de 15 días, la totalidad o parte de
la ayuda que se reciba, cuando así le sea requerido por la Administración por falta
de justificación o justificación insuficiente de las cantidades concedidas, una vez
cumplido el plazo establecido en el apartado Duodecimo.2 de la presente
convocatoria.
d) Declaración responsable de las ayudas o subvenciones para el mismo fin
concedidas durante el año 2023 y de las solicitadas durante el presente año,
convocadas por otros Departamentos Ministeriales, o procedentes de cualquier
otra Administración pública, o ente público o privado.
Madrid, 8 de octubre de 2024.- El Secretario de Estado de Educación,
Abelardo de la Rosa Díaz.
cve: BOE-B-2024-36369
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240045771-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X