V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. (BOE-B-2024-36369)
Extracto de la Resolución, de 8 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas destinadas a fomentar la negociación colectiva en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, correspondientes al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246

Viernes 11 de octubre de 2024

Sec. V-B. Pág. 56534

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES

36369

Extracto de la Resolución, de 8 de octubre de 2024, de la Secretaría de
Estado de Educación, por la que se convocan ayudas destinadas a
fomentar la negociación colectiva en el ámbito de la enseñanza privada
sostenida total o parcialmente con fondos públicos, correspondientes al
año 2024.

BDNS(Identif.):789925
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
789925)
Primero. Beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas las organizaciones sindicales que, de acuerdo
con lo previsto en los artículos sexto y séptimo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2
de agosto, de Libertad Sindical, tengan en la fecha que finaliza el plazo de
presentación de solicitudes, la consideración de sindicato más representativo a
nivel estatal o aquellas que, en el mencionado plazo, ostenten la capacidad para
participar en la negociación colectiva de ámbito estatal de las empresas de
enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
Los representantes sindicales retribuidos por las organizaciones sindicales con
las ayudas a las que se refiere esta Resolución deberán cumplir los siguientes
requisitos:
a) Cumplir con las condiciones que para afiliarse a las organizaciones
sindicales establecen los artículos primero.2 y tercero.1 de la Ley Orgánica 11/
1985, de 2 de agosto.
b) Ostentar un cargo electivo o realizar funciones sindicales a nivel provincial o
superior en la organización sindical, relacionado con el sector de la enseñanza
privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.
c) No percibir retribución alguna con cargo a la nómina de pago delegado a
que hace referencia el artículo 34 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre,
por el que se aprueba el reglamento de normas básicas sobre conciertos
educativos.

El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas en régimen de
concurrencia competitiva a las Organizaciones Sindicales con capacidad para
negociar en el ámbito estatal y funcional de la Enseñanza sostenida total o
parcialmente con fondos públicos las materias que corresponden a la
Administración del Estado, que les permitan el mantenimiento de representantes
sindicales con dedicación exclusiva a dicha negociación.
Tercero. Bases Reguladoras:

cve: BOE-B-2024-36369
Verificable en https://www.boe.es

Segundo. Objeto: