III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-20690)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Defensa y el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., para el desarrollo de actividades que complementen las enseñanzas de formación y perfeccionamiento del personal de ambas instituciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 128931
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.
El Instituto de Salud Carlos III, organismo público de investigación con carácter de
organismo autónomo, adscrito orgánicamente al Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades y, funcionalmente, tanto a este mismo como al Ministerio de Sanidad,
según Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Sanidad y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28
de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, tiene como misión principal el fomento de la generación de conocimiento
científico en ciencias de la salud, desarrollar y ofrecer servicios científico-técnicos e
investigación de la más alta calidad, dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto
de la sociedad.
Segundo.
El Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del
Instituto de Salud Carlos III, le otorga la potestad de establecer convenios, acuerdos y
contratos con centros del Sistema Nacional de Salud, instituciones y organismos
públicos de investigación biomédica y en ciencias de la salud nacionales e
internacionales, Universidades y entidades privadas que realicen actividades de
investigación científica y desarrollo tecnológico, para la realización de proyectos y
actividades de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y otras actividades de
carácter científico, docente y asesor.
Tercero.
La misión del Instituto de Salud Carlos III, según el citado Real Decreto 375/2001,
de 6 de abril, es desarrollar y ofrecer servicios científico-tecnológicos, de formación y
asesoramiento de la más alta calidad.
Cuarto.
El citado Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, determina que al Instituto de Salud
«Carlos III», le corresponde, entre otras funciones, las siguientes:
a) La formación de los profesionales en el campo de la salud pública, a través de
los órganos y Unidades del Instituto de Salud Carlos III.
b) Promover y colaborar en el desarrollo de estudios e investigación en el ámbito de
la salud pública y la gestión de servicios, y ejercer funciones de asesoría nacional e
internacional en dichas áreas de actividad.
La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, de conformidad con el
artículo 11 del Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, es el órgano directivo al que
corresponde la planificación e impulso de la política de enseñanza del personal militar y
de los reservistas voluntarios, su captación, selección y desarrollo profesional, así como
la supervisión y dirección de su ejecución.
Le corresponde, asimismo, la gestión de las enseñanzas del personal de los Cuerpos
Comunes de las Fuerzas Armadas, las de carácter común y el funcionamiento de los
centros docentes dependientes de esta Dirección General.
cve: BOE-A-2024-20690
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 128931
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.
El Instituto de Salud Carlos III, organismo público de investigación con carácter de
organismo autónomo, adscrito orgánicamente al Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades y, funcionalmente, tanto a este mismo como al Ministerio de Sanidad,
según Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Sanidad y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28
de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, tiene como misión principal el fomento de la generación de conocimiento
científico en ciencias de la salud, desarrollar y ofrecer servicios científico-técnicos e
investigación de la más alta calidad, dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto
de la sociedad.
Segundo.
El Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del
Instituto de Salud Carlos III, le otorga la potestad de establecer convenios, acuerdos y
contratos con centros del Sistema Nacional de Salud, instituciones y organismos
públicos de investigación biomédica y en ciencias de la salud nacionales e
internacionales, Universidades y entidades privadas que realicen actividades de
investigación científica y desarrollo tecnológico, para la realización de proyectos y
actividades de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y otras actividades de
carácter científico, docente y asesor.
Tercero.
La misión del Instituto de Salud Carlos III, según el citado Real Decreto 375/2001,
de 6 de abril, es desarrollar y ofrecer servicios científico-tecnológicos, de formación y
asesoramiento de la más alta calidad.
Cuarto.
El citado Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, determina que al Instituto de Salud
«Carlos III», le corresponde, entre otras funciones, las siguientes:
a) La formación de los profesionales en el campo de la salud pública, a través de
los órganos y Unidades del Instituto de Salud Carlos III.
b) Promover y colaborar en el desarrollo de estudios e investigación en el ámbito de
la salud pública y la gestión de servicios, y ejercer funciones de asesoría nacional e
internacional en dichas áreas de actividad.
La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, de conformidad con el
artículo 11 del Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, es el órgano directivo al que
corresponde la planificación e impulso de la política de enseñanza del personal militar y
de los reservistas voluntarios, su captación, selección y desarrollo profesional, así como
la supervisión y dirección de su ejecución.
Le corresponde, asimismo, la gestión de las enseñanzas del personal de los Cuerpos
Comunes de las Fuerzas Armadas, las de carácter común y el funcionamiento de los
centros docentes dependientes de esta Dirección General.
cve: BOE-A-2024-20690
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.