III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-20689)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública y la Agencia Española de Cooperación Internacional, para la organización de un curso para directivos públicos latinoamericanos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Jueves 10 de octubre de 2024
Decimocuarta.

Sec. III. Pág. 128928

Código ético.

Las Partes se comprometen a acatar y cumplir la normativa vigente y aplicable,
nacional o no, en materia de anticorrupción, sobornos y blanqueo de capitales. En caso
de incumplimiento por cualquiera de las partes procederá el mecanismo regulado en la
cláusula undécima.
El INAP y AECID se comprometen a cumplir los códigos éticos y de conducta
disponibles en:
INAP:
https://www.inap.es/documents/10136/1699464/Codigo-etico-2019.pdf/acf0f0b3b676-0b35-f38c-31e029c40f3d
AECID:
http://www.aecid.es/ES/Paginas/Sala%20de%20Prensa/Noticias/2019/2019_10/
CódigoÉticoAECID.aspx
Las Partes garantizan que no han efectuado ni efectuarán, de manera directa ni
indirecta, y que no tienen conocimiento que otros relacionados con la operación que les
vincula han efectuado ni efectuarán, directa o indirectamente, ningún pago ni regalo,
tampoco asumirán otros compromisos con sus clientes, funcionarios o empleados
públicos/privados, o agentes, directores o cualquier otra persona física o jurídica, en
incumplimiento de las leyes aplicables en temas de anticorrupción, blanqueo de capitales
y compliance, incluyendo pero no limitado a la normativa europea sobre anticorrupción y
contratación pública, y acatarán todas las leyes, reglamentos y normas aplicables con
respecto a sobornos y corrupción.
En caso de que existan evidencias o sospechas fundadas de incumplimiento por una
parte de las obligaciones recogidas en esta cláusula, resultará de aplicación la cláusula
undécima y por lo tanto procederá la extinción del convenio por esta causa de
resolución.
Si el convenio se extinguiera por esta causa de resolución se hará pública si se
apreciara que el comportamiento o actividad de la contraparte pudiera resultar lesivo
para su imagen, prestigio o reputación.
Decimoquinta.

Transparencia.

Además de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», antes referida, el
presente convenio se publicará en el Portal de la Transparencia del Gobierno de España,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno.
En prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido,
las partes firman digitalmente el presente documento.–La Directora del Instituto Nacional
de Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.–El Director de la Agencia
Española de Cooperación para el Desarrollo, Antón Leis García.

Presupuesto estimado
Presupuesto curso ALCA 2024 INAP-AECID-AAPP

Alojamiento y manutención.

73.000,00

Docencia.

23.000,00

Actividad en Sevilla.

5.000,00

cve: BOE-A-2024-20689
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO