III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-20688)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., y la Secretaría de Estado de Migraciones, para la organización y el desarrollo de formación y realización de informes en el área de evaluación de políticas y programas públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Jueves 10 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 128916

En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente documento, con
sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto establecer la forma en que las partes colaborarán en
la organización, ejecución e impartición del plan formativo sobre «Evaluación de políticas
y programas públicos» –que se desarrollará en 2024, 2025 y 2026– y la realización de
una evaluación de las definidas en el Plan de evaluación del FAMI, denominadas
evaluación ex post 2014-2020 del FAMI, que deberá estar finalizada el 31 de diciembre
de 2024 y cuya finalidad es, por un lado, facilitar la especialización adecuada en materia
de evaluación, sus diversas metodologías, enfoques técnicos y herramientas, necesarias
para contribuir al logro de un sistema de gestión pública más moderno y eficaz; y, por
otro, fortalecer las relaciones de colaboración en el diseño y elaboración de evaluaciones
de políticas y programas públicos, permitiendo que dicha colaboración entre las
instituciones redunde en la generación de informes de mayor calidad para una mejora en
la gestión de las políticas públicas.
Las partes se obligan, específicamente, a colaborar conjuntamente en la
organización, gestión y elaboración del plan formativo y en la evaluación, asumiendo
para ello los compromisos contenidos en el presente convenio.
El contenido y la metodología del plan formativo, y el diseño y elaboración de la
evaluación quedan recogidas en el anexo I al presente convenio.
Segunda.

Actuaciones a desarrollar por las partes.

La SEM realizará las gestiones necesarias para la designación, participación y
desplazamiento, en su caso, de los participantes de cada curso de formación, y financiará el
gasto necesario relacionado con la dirección y secretaría académica, la remuneración a
docentes, otros gastos derivados de tareas de coordinación y realización de las
evaluaciones, la puesta a disposición de información y bases de datos necesarias para
realizar los diferentes análisis y los eventuales desplazamientos de los participantes.
El IEF se compromete a colaborar en la dirección y coordinación de los cursos y las
evaluaciones, la gestión económica y administrativa derivada de los mismos y a aportar
los recursos personales y materiales necesarios para el desarrollo de los cursos e
informes de evaluación, incluida la puesta a disposición de los materiales didácticos
necesarios para dicha fase, así como las bases de datos finales, programas informáticos
y metodologías de evaluación utilizadas en los informes de evaluación.

1. El presupuesto para financiar todas las actuaciones derivadas del desarrollo del
presente convenio asciende a un máximo de 32.000 euros.
El desglose por anualidades y actuaciones se recoge en el anexo II, en función del
organismo financiador.
2. La SEM financiará 21.000 euros, de acuerdo con el desglose del anexo II, que
será ingresada en la cuenta corriente del IEF indicada en el punto 4 de esta cláusula.
La financiación se hará con carácter plurianual, de acuerdo con el calendario de
obligaciones del convenio, con cargo a los presupuestos del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, Secretaría de Estado de Migraciones, número de
aplicación presupuestaria 32.03.231H.227.62 del programa presupuestario «Acción en
favor de los inmigrantes».
3. El IEF financiará la cantidad máxima de 11.000 euros, que se imputará al
capítulo 2 de los Presupuestos de Gastos, de conformidad con el desglose que se
recoge en el anexo II, siempre que para ello exista crédito adecuado y suficiente.

cve: BOE-A-2024-20688
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Financiación.