III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-20713)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Tías, por la que se deniega la inscripción de la inmatriculación de una finca, por invadir otras previamente inscritas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 129109
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20713
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Tías, por la que se deniega la inscripción
de la inmatriculación de una finca, por invadir otras previamente inscritas.
En el recurso interpuesto por J. C. M. contra la nota de calificación del registrador de
la Propiedad de Tías, don Francisco Javier Nieto González, por la que se deniega la
inscripción de la inmatriculación de una finca, por invadir otras previamente inscritas.
Hechos
I
Mediante escritura pública autorizada el día 10 de octubre de 2023 por el notario de
Tías, don Javier Jiménez Cerrajería, con el número 1.444 de protocolo, don J. F. y don J.
C. M. elevaban a público un contrato privado por el que el primero vendía al segundo una
porción de terreno en el término municipal de Tías, parcela 404 del polígono 21, cuya
referencia catastral era 35028A021004040000SQ, con una superficie de 5.516 metros
cuadrados, que lindaba al norte con la referencia catastral 35028A021004020000SY,
sur con la referencia catastral 35028A021001680000SS, este con camino con
referencia catastral 35028A021090050000SH y oeste con la referencia
catastral 35028A021001680000SS, manifestando los otorgantes que la misma no
figuraba inmatriculada y que fue adquirida por compra a don P. G., sin que pudiera
acreditarlo documentalmente.
II
Presentada el día 20 de octubre de 2023 dicha escritura en el Registro de la
Propiedad de Tías, causando el asiento de presentación número 1.736 del Diario 64, fue
objeto de una primera calificación negativa, de fecha 6 de noviembre de 2023, por
haberse producido «manifestaciones en sede registral por parte de sus titulares sobre la
coincidencia, total o parcial, con la que es objeto de compraventa, lo que plantea dudas
sobre si pudiera figurar la finca de la que se certifica, total o parcialmente ya inscrita y
corresponderse con todo o parte del resto de las mismas». y porque no se acredita su
adquisición previa mediante documento público.
Contra la anterior calificación se interpuso recurso ante la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, que se resolvió por la Resolución de fecha 14 de
febrero de 2024, la cual estimaba parcialmente el recurso presentado y ordenaba al
registrador la tramitación de un expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, para
confirmar o disipar las dudas en la identidad de la finca no inmatriculada, por poder
invadir fincas colindantes inscritas y así prevenir una posible doble inmatriculación.
cve: BOE-A-2024-20713
Verificable en https://www.boe.es
III
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 129109
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20713
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Tías, por la que se deniega la inscripción
de la inmatriculación de una finca, por invadir otras previamente inscritas.
En el recurso interpuesto por J. C. M. contra la nota de calificación del registrador de
la Propiedad de Tías, don Francisco Javier Nieto González, por la que se deniega la
inscripción de la inmatriculación de una finca, por invadir otras previamente inscritas.
Hechos
I
Mediante escritura pública autorizada el día 10 de octubre de 2023 por el notario de
Tías, don Javier Jiménez Cerrajería, con el número 1.444 de protocolo, don J. F. y don J.
C. M. elevaban a público un contrato privado por el que el primero vendía al segundo una
porción de terreno en el término municipal de Tías, parcela 404 del polígono 21, cuya
referencia catastral era 35028A021004040000SQ, con una superficie de 5.516 metros
cuadrados, que lindaba al norte con la referencia catastral 35028A021004020000SY,
sur con la referencia catastral 35028A021001680000SS, este con camino con
referencia catastral 35028A021090050000SH y oeste con la referencia
catastral 35028A021001680000SS, manifestando los otorgantes que la misma no
figuraba inmatriculada y que fue adquirida por compra a don P. G., sin que pudiera
acreditarlo documentalmente.
II
Presentada el día 20 de octubre de 2023 dicha escritura en el Registro de la
Propiedad de Tías, causando el asiento de presentación número 1.736 del Diario 64, fue
objeto de una primera calificación negativa, de fecha 6 de noviembre de 2023, por
haberse producido «manifestaciones en sede registral por parte de sus titulares sobre la
coincidencia, total o parcial, con la que es objeto de compraventa, lo que plantea dudas
sobre si pudiera figurar la finca de la que se certifica, total o parcialmente ya inscrita y
corresponderse con todo o parte del resto de las mismas». y porque no se acredita su
adquisición previa mediante documento público.
Contra la anterior calificación se interpuso recurso ante la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, que se resolvió por la Resolución de fecha 14 de
febrero de 2024, la cual estimaba parcialmente el recurso presentado y ordenaba al
registrador la tramitación de un expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, para
confirmar o disipar las dudas en la identidad de la finca no inmatriculada, por poder
invadir fincas colindantes inscritas y así prevenir una posible doble inmatriculación.
cve: BOE-A-2024-20713
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