I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20585)
Real Decreto 917/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Hostelería y Turismo; Imagen Personal; Informática y Comunicaciones; Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; y Textil, Confección y Piel, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 127899

CR2.4 El acceso a los datos y aplicaciones se configura creando grupos de usuarios
y cuentas, entre otros, con privilegios específicos de acceso a los recursos del
sistema (datos, aplicaciones, entre otros).
CR2.5 El conjunto del «software» instalado se verifica, realizando pruebas de
funcionamiento y compatibilidad, usando las herramientas proporcionadas por el
sistema o de terceros.
CR2.6 Los pasos e incidencias del proceso de instalación y configuración se registran,
siguiendo las normas establecidas por la organización (plantillas, herramientas
«software», entre otros).
RP3: Comprobar el rendimiento del «software» instalado en el equipo informático,
estableciendo métricas de rendimiento (estabilidad del sistema, tiempos de respuesta,
entre otros), analizando los valores obtenidos y configurando los recursos del sistema para
detectar posibles áreas de funcionamiento inapropiado y mejorarlas.
CR3.1 Las métricas de rendimiento del «software» instalado (estabilidad, capacidad
de respuesta, velocidad, entre otras) se establecen, especificando parámetros a
evaluar, herramientas «software» utilizar, entre otros.
CR3.2 Los datos de rendimiento del sistema se obtienen, utilizando herramientas de
diagnóstico y técnicas de análisis de rendimiento, previamente establecidas.
CR3.3 Los datos de rendimiento del sistema informático se analizan, comprobando los
valores obtenidos al aplicar las técnicas de análisis, detectando posibles anomalías
de funcionamiento (uso elevado de procesador, falta de memoria, entre otros).
CR3.4 La corrección de las anomalías detectadas se programa, estableciendo un plan
con las medidas correctivas a realizar (actualizaciones de «software», sustitución de
«hardware», entre otros), definiendo prioridades para su ejecución, minimizando el
impacto en el servicio a los usuarios.
RP4: Realizar la actualización y reconfiguración de «software» de base y corporativo,
instalando paquetes o nuevas versiones, siguiendo el plan de implantación de la
organización para minimizar el impacto en el servicio a los usuarios y mantener el
funcionamiento del sistema.
CR4.1 La documentación para casos de resolución de contingencias se revisa,
comprobando que están actualizados datos como teléfono, correo electrónico,
persona de contacto, entre otros, haciéndose público y accesible para los usuarios
de la organización.
CR4.2 Las actualizaciones del «software» de base o corporativo se programan,
estableciendo la franja horaria para su realización, la persona responsable de llevarla
a cabo, servicios que quedarán inactivos, entre otros.
CR4.3 Las paradas de servicio por mantenimiento del sistema se publican,
reflejándolas en los medios digitales y físicos, siguiendo los protocolos definidos
por la organización (correos electrónicos, anuncios en la intranet, entre otros) para
informar a los usuarios afectados.

cve: BOE-A-2024-20585
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Núm. 245