III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-20528)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Sevilla n.º 11, por la que se suspende la inscripción de una escritura de segregación y cambio de uso de local para destinarlo a vivienda y local en un edificio en régimen de propiedad horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244

Miércoles 9 de octubre de 2024

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empleo de las palabras no es bastante, aunque semánticamente no den lugar a dudas
en punto a su significación, para determinar la calificación jurídica del negocio de que se
trate, sino que ha de atenderse al contexto y contenido obligacional de todo él en
conjunto».
Para resolver la cuestión planteada en la calificación objeto de este expediente es
determinante que tanto de la interpretación literal como de la contextual de la cláusula
estatutaria debatida no cabe sino concluir que la reserva de la facultad de dividir o
segregar los locales comerciales sin necesidad de consentimiento de quienes lleguen a
ser propietarios de las viviendas únicamente puede entenderse referida a la concreta
persona nominada, sin que pueda entenderse que se extiende a los futuros propietarios
de los locales.
Esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso y confirmar la calificación
impugnada.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2024-20528
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 23 de julio de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X