III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-20521)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra nota de calificación del registrador de la propiedad de Mahón, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca, con la consiguiente rectificación de superficie, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 127374
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20521
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra nota de calificación del
registrador de la propiedad de Mahón, por la que se deniega la inscripción de
la georreferenciación de una finca, con la consiguiente rectificación de
superficie, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria.
En el recurso interpuesto por don F. C. V., abogado, en nombre y representación de
doña K. E. M., contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Mahón,
don Joaquín José Rodríguez Hernández, por la que se deniega la inscripción de la
georreferenciación de una finca, con la consiguiente rectificación de superficie, una vez
tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fundando el registrador su
calificación en las alegaciones contrarias presentadas por uno de los colindantes
notificados.
Hechos
I
cve: BOE-A-2024-20521
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escritura pública de herencia autorizada el día 23 de agosto de 2023 por el
notario de Mahón, Alberto Vela Navarro-Rubio, con el número 1.908 de protocolo, se
formalizaba la partición de una herencia cuya heredera era doña K. E. M., estando
incluida en el inventario la finca registral número 4.501 de Alaior, que se describe como:
«Urbana. Vivienda unifamiliar aislada con piscina denominada (…), sita en la
Urbanización (…) del término municipal de Alaior (…), actualmente identificada en el
catastro como CL (…) Se levanta sobre la parcela número «Treinta» de la zona W del
plano de parcelación, que mide seiscientos metros cuadrados. La vivienda en planta baja
tiene una superficie total construida de ciento treinta y cuatro metros y veintiún
decímetros cuadrados, y consta además de un semisótano con uso de almacén y una
superficie construida de treinta y dos metros cuadrados -en total ciento sesenta y seis
metros y veintiún decímetros cuadrados. En el exterior existen varias terrazas y una
piscina que miden en total ciento sesenta y cuatro metros y veintiún decímetros
cuadrados ocupados, de los que treinta y siete metros y noventa y tres decímetros
cuadrados son de la piscina y los otros ciento veintiséis metros y veintiocho decímetros
cuadrados de las terrazas. Y existe una pérgola con una superficie edificada de treinta y
dos metros y treinta y tres decímetros cuadrados. El resto del solar se destina a patio y
jardín. Linda: al Norte, con paso de peatones; al Este, con carretera; al Sur, con
remanente de los vendedores; y al Oeste, con el acantilado». Su referencia catastral es:
6938415EE9163F0001MG.
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 127374
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20521
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra nota de calificación del
registrador de la propiedad de Mahón, por la que se deniega la inscripción de
la georreferenciación de una finca, con la consiguiente rectificación de
superficie, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria.
En el recurso interpuesto por don F. C. V., abogado, en nombre y representación de
doña K. E. M., contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Mahón,
don Joaquín José Rodríguez Hernández, por la que se deniega la inscripción de la
georreferenciación de una finca, con la consiguiente rectificación de superficie, una vez
tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fundando el registrador su
calificación en las alegaciones contrarias presentadas por uno de los colindantes
notificados.
Hechos
I
cve: BOE-A-2024-20521
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escritura pública de herencia autorizada el día 23 de agosto de 2023 por el
notario de Mahón, Alberto Vela Navarro-Rubio, con el número 1.908 de protocolo, se
formalizaba la partición de una herencia cuya heredera era doña K. E. M., estando
incluida en el inventario la finca registral número 4.501 de Alaior, que se describe como:
«Urbana. Vivienda unifamiliar aislada con piscina denominada (…), sita en la
Urbanización (…) del término municipal de Alaior (…), actualmente identificada en el
catastro como CL (…) Se levanta sobre la parcela número «Treinta» de la zona W del
plano de parcelación, que mide seiscientos metros cuadrados. La vivienda en planta baja
tiene una superficie total construida de ciento treinta y cuatro metros y veintiún
decímetros cuadrados, y consta además de un semisótano con uso de almacén y una
superficie construida de treinta y dos metros cuadrados -en total ciento sesenta y seis
metros y veintiún decímetros cuadrados. En el exterior existen varias terrazas y una
piscina que miden en total ciento sesenta y cuatro metros y veintiún decímetros
cuadrados ocupados, de los que treinta y siete metros y noventa y tres decímetros
cuadrados son de la piscina y los otros ciento veintiséis metros y veintiocho decímetros
cuadrados de las terrazas. Y existe una pérgola con una superficie edificada de treinta y
dos metros y treinta y tres decímetros cuadrados. El resto del solar se destina a patio y
jardín. Linda: al Norte, con paso de peatones; al Este, con carretera; al Sur, con
remanente de los vendedores; y al Oeste, con el acantilado». Su referencia catastral es:
6938415EE9163F0001MG.