I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20401)
Real Decreto 916/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Edificación y Obra Civil; Electricidad y Electrónica; Energía y Agua; Fabricación Mecánica; Hostelería y Turismo; Industrias Extractivas; e Instalación y Mantenimiento, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 126251

fabricantes, bajo criterios de eficiencia energética y consumo cero en edificios (Net
Zero).
CR4.5 La ubicación y medidas mínimas del local y/o recintos que ha de albergar
los elementos comunes de cada instalación (gas, gasóleo, entre otros), así como
su control, se determinan en función de las características y tamaño de los mismos,
comprobando su situación en el edificio, adoptando las medidas preventivas de
seguridad necesarias en su elaboración (ergonomía, iluminación, entre otras).
RP5: Interpretar los resultados del cálculo de las instalaciones de climatización y/o ventilación
en edificios, comprobando los realizados inicialmente para completar la selección y/o el
dimensionamiento de elementos integrantes de las mismas y representarlos en los planos.
CR5.1 El esquema de principio de cada instalación se comprueba, verificando
que son conformes a la normativa relacionada con independencia del ámbito
territorial, comprobando que están definidos y/o dimensionados sus elementos
para la elaboración de los planos correspondientes a los sistemas de climatización
(calefacción, refrigeración o acondicionamiento de aire) y/o ventilación, bajo criterios
de eficiencia energética y consumo cero en edificios (Net Zero).
CR5.2 El dimensionamiento se completa, verificando las instrucciones de conformidad
y dotación preceptiva de cada instalación y analizando las exigencias establecidas
en el proyecto o encargo de trabajo.
CR5.3 Los tipos de elementos (calderas, climatizadoras, entre otras) y componentes
de cada instalación (llaves de corte, reguladores, válvulas de seguridad, entre
otras) por determinar se seleccionan, utilizando los datos de partida establecidos
por la persona responsable del proyecto, empleando fórmulas, tablas y ábacos
de verificación o «software» específico, siguiendo los criterios establecidos en la
normativa técnica relacionada e indicados en las recomendaciones de los manuales
de los fabricantes.
CR5.4 El plano de cada una de las instalaciones de climatización y/o ventilación
se representa, indicando los elementos, diámetros y dimensiones necesarios
según normativa relacionada, desde la centralización hasta el punto de consumo
más alejado, adoptando las medidas preventivas de seguridad necesarias en su
elaboración (ergonomía, iluminación, entre otras).
CR5.5 La elección de componentes, modelos y dimensiones de los elementos de
la instalación se documentan, informando al responsable del proyecto, recogiendo
e indicando las posibles soluciones, de acuerdo con los criterios establecidos en
la normativa relacionada y/o especificados en los manuales de utilización de los
fabricantes.
CR5.6 La ubicación y medidas mínimas de los espacios del edificio (local, recinto,
armario, entre otros) que ha de albergar los elementos comunes de cada instalación
de climatización y/o ventilación), así como su control, se determinan en función de
las características (distancias de separación, pasos y accesos para mantenimiento,
entre otros) y tamaño de los mismos, comprobando su situación de acuerdo a la
normativa técnica aplicable.
CR5.7 Los residuos de la actividad (cartuchos de tinta, pilas, papel, entre otros) se
reciclan, o en caso necesario, depositándolos en los contenedores establecidos para
cada tipo de residuo en el lugar de trabajo.

cve: BOE-A-2024-20401
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Núm. 244