I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20401)
Real Decreto 916/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Edificación y Obra Civil; Electricidad y Electrónica; Energía y Agua; Fabricación Mecánica; Hostelería y Turismo; Industrias Extractivas; e Instalación y Mantenimiento, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 126207
RP1: Verificar la efectividad de las acciones de información y formación relativas a
riesgos laborales y medidas preventivas, así como a la utilización de equipos de trabajo
y protección, según lo establecido en el plan de prevención y/o normativa aplicable, para
fomentar y promover la acción preventiva integrada y los comportamientos seguros en el
puesto de trabajo.
CR1.1 La información y la formación sobre los riesgos generales y específicos a
los que están expuestos los trabajadores y las medidas de prevención o protección
establecidas en las evaluaciones de riesgos y la planificación de la actividad
preventiva se comprueba que ha sido proporcionada mediante la revisión de la
documentación aportada y/o realizando las preguntas oportunas.
CR1.2 La información a los trabajadores especialmente sensibles a determinados
riesgos se comprueba que ha sido comunicada de manera efectiva a los mismos,
por medio de entrevistas personales o cuestionarios preestablecidos y comprobando
su comprensión.
CR1.3 La información sobre los riesgos inherentes al puesto de trabajo y las
medidas de prevención establecidas en las evaluaciones de riesgos y la planificación
de la actividad preventiva se transmiten a los trabajadores, por delegación del
responsable, de forma presencial o a distancia a través de los diferentes canales de
comunicación asegurando su efectividad por medio de procedimientos sencillos de
control sistemático.
CR1.4 La información y formación proporcionada al trabajador se comprueba que se
adapta a las necesidades establecidas en la evaluación de riesgos y la planificación
de la actividad preventiva.
CR1.5 La detección de riesgos y propuestas preventivas aportadas por los
trabajadores se recopila mediante la participación en reuniones, charlas, encuestas y
otros, transmitiendo, mediante las vías establecidas, a los responsables superiores.
CR1.6 Las actuaciones divulgativas sobre los riesgos inherentes en el puesto de
trabajo se realizan y valoran en colaboración con los responsables de acuerdo con
criterios de efectividad.
CR1.7 Los Equipos de Protección Individual (EPI) y colectiva se controla que están
a disposición de los trabajadores, comprobando pormenorizadamente que todos los
trabajadores los manipulan y utilizan según las instrucciones específicas y que los de
carácter colectivo están correctamente instalados.
CR1.8 Las pautas de acción en el desarrollo de las actividades de mayor riesgo se
comprueba que se llevan a cabo de acuerdo con los procedimientos de trabajo que
integran la acción preventiva en el sistema de gestión de la empresa, para fomentar
los comportamientos seguros.
CR1.9 Los medios de coordinación, cuando en un mismo centro de trabajo
desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, se comprueba que
son los adecuados conforme a la normativa sobre prevención de riesgos laborales y
al plan de prevención, en colaboración con las empresas implicadas.
RP2: Comprobar la idoneidad y adecuación de las condiciones vinculadas al orden, la
limpieza, mantenimiento general y de los distintos tipos de señalización, conforme a la
evaluación de riesgos y la planificación preventiva, para fomentar y promover actuaciones
preventivas básicas.
cve: BOE-A-2024-20401
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 126207
RP1: Verificar la efectividad de las acciones de información y formación relativas a
riesgos laborales y medidas preventivas, así como a la utilización de equipos de trabajo
y protección, según lo establecido en el plan de prevención y/o normativa aplicable, para
fomentar y promover la acción preventiva integrada y los comportamientos seguros en el
puesto de trabajo.
CR1.1 La información y la formación sobre los riesgos generales y específicos a
los que están expuestos los trabajadores y las medidas de prevención o protección
establecidas en las evaluaciones de riesgos y la planificación de la actividad
preventiva se comprueba que ha sido proporcionada mediante la revisión de la
documentación aportada y/o realizando las preguntas oportunas.
CR1.2 La información a los trabajadores especialmente sensibles a determinados
riesgos se comprueba que ha sido comunicada de manera efectiva a los mismos,
por medio de entrevistas personales o cuestionarios preestablecidos y comprobando
su comprensión.
CR1.3 La información sobre los riesgos inherentes al puesto de trabajo y las
medidas de prevención establecidas en las evaluaciones de riesgos y la planificación
de la actividad preventiva se transmiten a los trabajadores, por delegación del
responsable, de forma presencial o a distancia a través de los diferentes canales de
comunicación asegurando su efectividad por medio de procedimientos sencillos de
control sistemático.
CR1.4 La información y formación proporcionada al trabajador se comprueba que se
adapta a las necesidades establecidas en la evaluación de riesgos y la planificación
de la actividad preventiva.
CR1.5 La detección de riesgos y propuestas preventivas aportadas por los
trabajadores se recopila mediante la participación en reuniones, charlas, encuestas y
otros, transmitiendo, mediante las vías establecidas, a los responsables superiores.
CR1.6 Las actuaciones divulgativas sobre los riesgos inherentes en el puesto de
trabajo se realizan y valoran en colaboración con los responsables de acuerdo con
criterios de efectividad.
CR1.7 Los Equipos de Protección Individual (EPI) y colectiva se controla que están
a disposición de los trabajadores, comprobando pormenorizadamente que todos los
trabajadores los manipulan y utilizan según las instrucciones específicas y que los de
carácter colectivo están correctamente instalados.
CR1.8 Las pautas de acción en el desarrollo de las actividades de mayor riesgo se
comprueba que se llevan a cabo de acuerdo con los procedimientos de trabajo que
integran la acción preventiva en el sistema de gestión de la empresa, para fomentar
los comportamientos seguros.
CR1.9 Los medios de coordinación, cuando en un mismo centro de trabajo
desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, se comprueba que
son los adecuados conforme a la normativa sobre prevención de riesgos laborales y
al plan de prevención, en colaboración con las empresas implicadas.
RP2: Comprobar la idoneidad y adecuación de las condiciones vinculadas al orden, la
limpieza, mantenimiento general y de los distintos tipos de señalización, conforme a la
evaluación de riesgos y la planificación preventiva, para fomentar y promover actuaciones
preventivas básicas.
cve: BOE-A-2024-20401
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 244