I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Subvenciones. (BOE-A-2024-20399)
Real Decreto 1019/2024, de 8 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en determinados ámbitos de actuación del Ministerio del Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 126134
V
Por su parte, la Fundación Guardia Civil es una entidad sin ánimo de lucro que viene
colaborando activamente con el Ministerio del Interior desde el 2003, dando apoyo a los
miembros del Cuerpo de la Guardia Civil y a sus familiares. Los convenios que se vienen
suscribiendo entre ambas instituciones suponen un soporte a su fin principal, que es
ofrecer prestaciones sociales, asistenciales, culturales y de reforzamiento de la imagen
institucional de la Guardia Civil, así como de atención a los familiares de las víctimas del
Instituto que hayan perdido la vida como consecuencia de actos terroristas y, en general,
en acto de servicio.
La Fundación viene desarrollando una actividad en beneficio de los guardias civiles y
sus familias, a través de sus prestaciones de orden social, asistencial, cultural y de
reforzamiento de la imagen institucional de la Guardia Civil.
La Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de
los miembros de la Guardia Civil, regula en su artículo 32 el derecho de todos los
miembros del Cuerpo a disfrutar de un régimen de protección social que
fundamentalmente incluye la asistencia sanitara y prestaciones en caso de enfermedad e
incapacidad en los términos que determina la citada ley. La Fundación Guardia Civil
pretende, a través de sus fines asistenciales, contribuir con medidas adicionales a la
protección social de los guardias civiles y sus familias.
Cada año, el Ministerio del Interior concede una subvención a la Fundación para
apoyar estas actividades en el cumplimiento de sus fines sociales y de conocimiento y
difusión de la Guardia Civil; actividades tales como concesión de becas, ayudas al
aprendizaje de idiomas para miembros del Cuerpo y sus familiares.
Asimismo, la Asociación Pro-Huérfanos de la Guardia Civil tradicionalmente viene
desarrollando una labor a favor de los huérfanos de los guardias civiles, en especial por
la actividad desarrollada de acogimiento, educación y formación a través de sus centros,
integrados por la Residencia Escolar Infanta María Teresa, el Colegio Marqués de Vallejo
y la Residencia Universitaria Duque de Ahumada.
La Asociación surge en 1879 con el fin «…de premiar en los hijos las virtudes de sus
padres» y, en especial, atender a los huérfanos que dejaba tras de sí el personal de la
Guardia Civil. Actualmente, sigue manteniendo el fin primordial de acoger y dar
educación a los huérfanos de los guardias civiles fallecidos, cuyo motor son sus centros
docentes; pero ampliando en la medida de sus recursos y posibilidades, a los hijos en
general del colectivo de guardias civiles.
La Residencia Escolar Infanta María Teresa, que pertenece a la Asociación,
proporciona esa educación e instrucción a los hijos de los guardias civiles, siendo el
grupo preferente los huérfanos de la Institución a los que acoge en régimen de internado.
Los créditos para subvenciones nominativas que anualmente se asignan a la
Dirección General de la Guardia Civil suponen un apoyo a los fines asistenciales que
ambas Instituciones vienen desarrollando entre los miembros de la Guardia Civil y sus
familiares.
En definitiva, las razones que justifican el interés público y social se basan en los
datos expresados anteriormente y en el hecho que el beneficiario último de las
subvenciones no sea otro que unos colectivos que se encuentran en situaciones
especialmente vulnerables. Por otra parte, el carácter especializado de las instituciones y
entidades que prestan los servicios en cuestión muestra la imposibilidad de iniciar un
procedimiento en régimen de concurrencia competitiva y mediante convocatoria pública,
por cuanto el único procedimiento adecuado es la concesión directa de esta subvención
a favor de aquéllas.
VI
Las actividades de colaboración realizadas por estas entidades, en la medida en que
contribuyen al ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en
materia de seguridad pública; protección social, en especial, a los colectivos más
cve: BOE-A-2024-20399
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 126134
V
Por su parte, la Fundación Guardia Civil es una entidad sin ánimo de lucro que viene
colaborando activamente con el Ministerio del Interior desde el 2003, dando apoyo a los
miembros del Cuerpo de la Guardia Civil y a sus familiares. Los convenios que se vienen
suscribiendo entre ambas instituciones suponen un soporte a su fin principal, que es
ofrecer prestaciones sociales, asistenciales, culturales y de reforzamiento de la imagen
institucional de la Guardia Civil, así como de atención a los familiares de las víctimas del
Instituto que hayan perdido la vida como consecuencia de actos terroristas y, en general,
en acto de servicio.
La Fundación viene desarrollando una actividad en beneficio de los guardias civiles y
sus familias, a través de sus prestaciones de orden social, asistencial, cultural y de
reforzamiento de la imagen institucional de la Guardia Civil.
La Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de
los miembros de la Guardia Civil, regula en su artículo 32 el derecho de todos los
miembros del Cuerpo a disfrutar de un régimen de protección social que
fundamentalmente incluye la asistencia sanitara y prestaciones en caso de enfermedad e
incapacidad en los términos que determina la citada ley. La Fundación Guardia Civil
pretende, a través de sus fines asistenciales, contribuir con medidas adicionales a la
protección social de los guardias civiles y sus familias.
Cada año, el Ministerio del Interior concede una subvención a la Fundación para
apoyar estas actividades en el cumplimiento de sus fines sociales y de conocimiento y
difusión de la Guardia Civil; actividades tales como concesión de becas, ayudas al
aprendizaje de idiomas para miembros del Cuerpo y sus familiares.
Asimismo, la Asociación Pro-Huérfanos de la Guardia Civil tradicionalmente viene
desarrollando una labor a favor de los huérfanos de los guardias civiles, en especial por
la actividad desarrollada de acogimiento, educación y formación a través de sus centros,
integrados por la Residencia Escolar Infanta María Teresa, el Colegio Marqués de Vallejo
y la Residencia Universitaria Duque de Ahumada.
La Asociación surge en 1879 con el fin «…de premiar en los hijos las virtudes de sus
padres» y, en especial, atender a los huérfanos que dejaba tras de sí el personal de la
Guardia Civil. Actualmente, sigue manteniendo el fin primordial de acoger y dar
educación a los huérfanos de los guardias civiles fallecidos, cuyo motor son sus centros
docentes; pero ampliando en la medida de sus recursos y posibilidades, a los hijos en
general del colectivo de guardias civiles.
La Residencia Escolar Infanta María Teresa, que pertenece a la Asociación,
proporciona esa educación e instrucción a los hijos de los guardias civiles, siendo el
grupo preferente los huérfanos de la Institución a los que acoge en régimen de internado.
Los créditos para subvenciones nominativas que anualmente se asignan a la
Dirección General de la Guardia Civil suponen un apoyo a los fines asistenciales que
ambas Instituciones vienen desarrollando entre los miembros de la Guardia Civil y sus
familiares.
En definitiva, las razones que justifican el interés público y social se basan en los
datos expresados anteriormente y en el hecho que el beneficiario último de las
subvenciones no sea otro que unos colectivos que se encuentran en situaciones
especialmente vulnerables. Por otra parte, el carácter especializado de las instituciones y
entidades que prestan los servicios en cuestión muestra la imposibilidad de iniciar un
procedimiento en régimen de concurrencia competitiva y mediante convocatoria pública,
por cuanto el único procedimiento adecuado es la concesión directa de esta subvención
a favor de aquéllas.
VI
Las actividades de colaboración realizadas por estas entidades, en la medida en que
contribuyen al ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en
materia de seguridad pública; protección social, en especial, a los colectivos más
cve: BOE-A-2024-20399
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 244