III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Entidades de inspección y control. (BOE-A-2024-20396)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Industria, del Departamento de Empresa y Trabajo, por la que se designa a Applus Metrology, SL, como organismo autorizado de verificación metrológica de instrumentos de medida sometidos al control metrológico del Estado.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 126120
Séptimo:
Las actuaciones como Organismo autorizado de Verificación Metrológica de la
entidad Applus Metrology, SL, estarán sometidos en todo momento a la intervención y
control que establezca esta Dirección General.
Octavo:
La entidad Applus Metrology, SL, en cuanto a Organismo autorizado para
verificaciones metrológicas, presentará anualmente a esta Dirección General un informe
de actuaciones llevadas a cabo dentro de nuestro ámbito territorial, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 67.3 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Noveno:
La entidad Applus Metrology, SL, en cuanto a Organismo autorizado para
verificaciones metrológicas, colaborará con las Administraciones Públicas con
competencia ejecutiva en el control metrológico del Estado, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 67.4 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Décimo:
La entidad Applus Metrology, SL, deberá llevar a cabo el cobro y la liquidación de las
correspondientes tasas para cada una de las verificaciones metrológicas realizadas
dentro de nuestro ámbito territorial, tal y como lo establezcan las instrucciones de esta
Dirección General y de acuerdo con las disposiciones de tasas vigentes en el
Departamento de Empresa y Trabajo.
Contra la presente resolución, que no finaliza la vía administrativa, se puede
interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Empresa y Competitividad en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que se
pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.
cve: BOE-A-2024-20396
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 12 de septiembre de 2024.–El Director General de Industria, P. D.
(Resolución EMT/3164/2021, de 20 octubre), el Subdirector General de Seguridad
Industrial, Florenci Hernández Cardona.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 126120
Séptimo:
Las actuaciones como Organismo autorizado de Verificación Metrológica de la
entidad Applus Metrology, SL, estarán sometidos en todo momento a la intervención y
control que establezca esta Dirección General.
Octavo:
La entidad Applus Metrology, SL, en cuanto a Organismo autorizado para
verificaciones metrológicas, presentará anualmente a esta Dirección General un informe
de actuaciones llevadas a cabo dentro de nuestro ámbito territorial, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 67.3 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Noveno:
La entidad Applus Metrology, SL, en cuanto a Organismo autorizado para
verificaciones metrológicas, colaborará con las Administraciones Públicas con
competencia ejecutiva en el control metrológico del Estado, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 67.4 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Décimo:
La entidad Applus Metrology, SL, deberá llevar a cabo el cobro y la liquidación de las
correspondientes tasas para cada una de las verificaciones metrológicas realizadas
dentro de nuestro ámbito territorial, tal y como lo establezcan las instrucciones de esta
Dirección General y de acuerdo con las disposiciones de tasas vigentes en el
Departamento de Empresa y Trabajo.
Contra la presente resolución, que no finaliza la vía administrativa, se puede
interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Empresa y Competitividad en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que se
pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.
cve: BOE-A-2024-20396
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 12 de septiembre de 2024.–El Director General de Industria, P. D.
(Resolución EMT/3164/2021, de 20 octubre), el Subdirector General de Seguridad
Industrial, Florenci Hernández Cardona.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X