V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. (BOE-B-2024-36027)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Economía Social, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones convocadas mediante Resolución de 18 de septiembre de 2024, para actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la economía social de ámbito estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de octubre de 2024

Sec. V-B. Pág. 55830

Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social a la nueva Secretaría de
Estado de Economía Social, obligando a acometer el consecuente traspaso de
medios entre órganos superiores. Como corolario, la tramitación y publicación tanto
de las nuevas bases reguladoras como de la convocatoria de estas subvenciones
se ha demorado hasta el segundo semestre de este año.
Por todos estos motivos, resulta previsible que, con los plazos establecidos en
la normativa reguladora de la ayuda, devenga imposible la resolución del
procedimiento de concesión con anterioridad al cierre del presente ejercicio
presupuestario, a tenor de los plazos establecidos anualmente en la orden de la
Ministra de Hacienda relativa a las operaciones de cierre del ejercicio
presupuestario.
A mayor abundamiento, debe tenerse en cuenta que las subvenciones
convocadas están destinadas a asociaciones y entidades representativas de la
Economía Social, por lo que un potencial retraso en la resolución del procedimiento
podría truncar la ejecución de proyectos que contribuyen al adecuado
cumplimiento de la Estrategia Española de la Economía Social 2023-2027 y a
numerosos principios de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Con la finalidad de prevenir esta situación, se considera conveniente aplicar la
tramitación de urgencia a este procedimiento de concesión de subvenciones,
permitiendo, de este modo, la reducción a la mitad de los plazos previstos en las
bases reguladoras, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
A la luz de lo expuesto, y con el propósito de asegurar la eficiente gestión de
los recursos públicos asignados, salvaguardar el carácter ordinario anual de la
convocatoria y amparar la viabilidad a corto plazo de las entidades representativas
del ecosistema de la Economía Social, se considera esta medida necesaria y
proporcionada.
Se constata, por tanto, que concurren razones de interés público suficientes
que aconsejan resolver con la máxima celeridad y eficacia el procedimiento para la
concesión de estas subvenciones para asegurar la adecuada distribución de las
dotaciones presupuestarias anuales asignadas para esta convocatoria.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
De conformidad con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas cuando
razones de interés público lo aconsejen, podrá acordarse la tramitación de
urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el
procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y
recursos.
Las razones de interés público que aconsejan la aplicación de esta tramitación
al procedimiento de concesión de subvenciones a las actividades de promoción de
la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar
los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la economía social
de ámbito estatal para el año 2024, convocadas mediante Resolución de 18 de
septiembre de 2024, consisten fundamentalmente en su aplicación permitirá
reducir a la mitad los plazos establecidos en la convocatoria, salvo los relativos a la
presentación de solicitudes y recursos, algo imprescindible para atenuar el riesgo
de una posible falta de resolución antes del cierre del ejercicio presupuestario.

cve: BOE-B-2024-36027
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Núm. 243