V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. (BOE-B-2024-36027)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Economía Social, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones convocadas mediante Resolución de 18 de septiembre de 2024, para actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la economía social de ámbito estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. V-B. Pág. 55829
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MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
36027
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de
Economía Social, por la que se acue rda aplicar la tramitación de
urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones convocadas
mediante Resolución de 18 de septiembre de 2024, para actividades de
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las
empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes
representativos de la economía social de ámbito estatal.
El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece en su apartado
primero que «cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar,
de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación
de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el
procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y
recursos». Dispone también que «no cabrá recurso alguno contra el acuerdo que
declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio
del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento».
De acuerdo con este precepto, se considera conveniente aplicar la tramitación
de urgencia al procedimiento relativo a la concesión de subvenciones destinadas a
las actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad social
de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes
representativos de la economía social de ámbito estatal para el año 2024, y
convocadas mediante Resolución de 18 de septiembre de 2024, cuyo extracto ha
sido publicado en el «BOE» nº 229, de 21 de septiembre de 2024, motivando la
presente decisión en los siguientes hechos y fundamentos:
ANTECEDENTES DE HECHO
Mediante Resolución de 18 de septiembre de 2024, fueron convocadas las
ayudas previstas en la Orden TES/889/2024, de 19 de agosto, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y
para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la
economía social de ámbito estatal.
Por un lado, la adaptación normativa en materia de subvenciones es
consecuencia de la aprobación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre,
por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, que reestructura orgánicamente el Ministerio de Trabajo y Economía
Social, que crea una nueva Secretaría de Estado de Economía Social a la que se
le asignan funciones en materia de fomento de la economía social. La dilación en
la aprobación de la norma que desarrolla la estructura del Departamento aplazó las
actuaciones preparatorias de la subvención.
Por otro lado, la reestructuración departamental ha supuesto que las
competencias en materia de Economía Social se trasladasen desde la extinta
cve: BOE-B-2024-36027
Verificable en https://www.boe.es
Diversas circunstancias de organización interna motivaron que haya resultado
inviable la publicación de esta convocatoria de subvenciones con anterioridad al
segundo semestre del año 2024.
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. V-B. Pág. 55829
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MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
36027
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de
Economía Social, por la que se acue rda aplicar la tramitación de
urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones convocadas
mediante Resolución de 18 de septiembre de 2024, para actividades de
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las
empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes
representativos de la economía social de ámbito estatal.
El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece en su apartado
primero que «cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar,
de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación
de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el
procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y
recursos». Dispone también que «no cabrá recurso alguno contra el acuerdo que
declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio
del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento».
De acuerdo con este precepto, se considera conveniente aplicar la tramitación
de urgencia al procedimiento relativo a la concesión de subvenciones destinadas a
las actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad social
de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes
representativos de la economía social de ámbito estatal para el año 2024, y
convocadas mediante Resolución de 18 de septiembre de 2024, cuyo extracto ha
sido publicado en el «BOE» nº 229, de 21 de septiembre de 2024, motivando la
presente decisión en los siguientes hechos y fundamentos:
ANTECEDENTES DE HECHO
Mediante Resolución de 18 de septiembre de 2024, fueron convocadas las
ayudas previstas en la Orden TES/889/2024, de 19 de agosto, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y
para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la
economía social de ámbito estatal.
Por un lado, la adaptación normativa en materia de subvenciones es
consecuencia de la aprobación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre,
por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, que reestructura orgánicamente el Ministerio de Trabajo y Economía
Social, que crea una nueva Secretaría de Estado de Economía Social a la que se
le asignan funciones en materia de fomento de la economía social. La dilación en
la aprobación de la norma que desarrolla la estructura del Departamento aplazó las
actuaciones preparatorias de la subvención.
Por otro lado, la reestructuración departamental ha supuesto que las
competencias en materia de Economía Social se trasladasen desde la extinta
cve: BOE-B-2024-36027
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Diversas circunstancias de organización interna motivaron que haya resultado
inviable la publicación de esta convocatoria de subvenciones con anterioridad al
segundo semestre del año 2024.