I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20292)
Real Decreto 915/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Agraria; y Comercio y Marketing, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Martes 8 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 124072

En la actualización de las cualificaciones profesionales que se anexan a esta norma se
ha contado con la participación y colaboración de los interlocutores sociales y económicos
vinculados a los sectores implicados, así como con las comunidades autónomas y demás
administraciones públicas competentes, a través del Consejo General de Formación
Profesional, en las fases de solicitud de expertos para la configuración del Grupo de
Trabajo de Cualificaciones, contraste externo, y en la emisión del informe positivo que de
las mismas es realizado por el propio Consejo General de Formación Profesional,
necesario y previo a su tramitación como real decreto.
Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el
artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, sobre regulación de las condiciones de
obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de
septiembre de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Este real decreto tiene por objeto actualizar y modificar parcialmente determinadas
cualificaciones profesionales en los términos que establecen los artículos 2 al 15.
2. Las cualificaciones profesionales actualizadas en este real decreto tienen validez
y son de aplicación en todo el territorio nacional. Asimismo, no constituyen una regulación
de profesión regulada alguna.
Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se actualizan y modifican parcialmente.
1. Las cualificaciones profesionales que se actualizan son las que a continuación se
relacionan:
Familia Profesional Comercio y Marketing:

1.ª Gestión administrativa y financiera del comercio internacional. Nivel 3. COM086_3,
establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen
determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de
cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se
incorporan al Catálogo modular de formación profesional.
2.ª Atención al cliente, consumidor o usuario. Nivel 3. COM087_3, establecida por el
Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
3.ª Tráfico de mercancías por carretera. Nivel 3. COM088_3, establecida por el Real
Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
4.ª Implantación y animación de espacios comerciales. Nivel 3. COM158_3,
establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen
nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de
cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se
incorporan al Catálogo modular de formación profesional, y se actualizan determinadas
cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de
febrero.
5.ª Control y formación en consumo. Nivel 3. COM313_3, establecida por el Real
Decreto 109/2008, de 1 de febrero, por el que se complementa el Catálogo nacional de
cualificaciones profesionales, mediante el establecimiento de siete cualificaciones
profesionales de la Familia Profesional Comercio y Marketing.
6.ª Gestión y control del aprovisionamiento. Nivel 3. COM315_3, establecida por el
Real Decreto 109/2008, de 1 de febrero.
7.ª Marketing y compraventa internacional. Nivel 3. COM316_3, establecida por el
Real Decreto 109/2008, de 1 de febrero.

cve: BOE-A-2024-20292
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