I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Medicamentos. (BOE-A-2024-20293)
Orden SND/1074/2024, de 2 de octubre, por la que se procede a la actualización en 2024 del sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 124946
incluidas en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud con anterioridad a
la fecha de efectos de esta orden, pero cuya efectividad de inclusión en la prestación
farmacéutica, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta del citado real
decreto, no se había producido a fecha 8 de abril 2024, fecha de inicio del procedimiento
de elaboración de esta orden.
En el anexo 7 de esta orden se relacionan las presentaciones de medicamentos con
indicación del conjunto de referencia en el que se integrarán y el precio industrial de
referencia para cada presentación.
Séptimo.
Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Octavo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al
de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con
carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el
Ministro de Sanidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-20293
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 2 de octubre de 2024.–La Ministra de Sanidad, Mónica García Gómez.
Núm. 243
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 124946
incluidas en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud con anterioridad a
la fecha de efectos de esta orden, pero cuya efectividad de inclusión en la prestación
farmacéutica, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta del citado real
decreto, no se había producido a fecha 8 de abril 2024, fecha de inicio del procedimiento
de elaboración de esta orden.
En el anexo 7 de esta orden se relacionan las presentaciones de medicamentos con
indicación del conjunto de referencia en el que se integrarán y el precio industrial de
referencia para cada presentación.
Séptimo.
Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Octavo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al
de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con
carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el
Ministro de Sanidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-20293
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 2 de octubre de 2024.–La Ministra de Sanidad, Mónica García Gómez.