III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-20237)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Filipinas y Pltd, Inc, para la celebración de la Fiesta Nacional de España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123690
los intereses de España y de los españoles, todo ello de acuerdo con la normativa
vigente.
II. Que la Representación Permanente está considerada una entidad beneficiaria
del mecenazgo de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al
Mecenazgo.
III. Que Pltd es una empresa que mantiene un compromiso con la sociedad que va
más allá de su actividad empresarial.
IV. Que Pltd conoce las iniciativas que lleva a cabo la Representación Permanente,
ya que han colaborado en los últimos años en proyectos puntuales y actividades
conjuntas para la promoción de la imagen de España y la empresa española.
V. Que por todo lo anterior, ambas partes están de acuerdo en suscribir el presente
convenio y, al efecto, convienen las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones de la participación de
PLTD, en la celebración de la Fiesta Nacional de España que está previsto que tenga
lugar en Manila, Filipinas el próximo 10 de octubre de 2024.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los
Incentivos Fiscales al Mecenazgo, con el objetivo de dotar de un marco formal a la
cooperación mutua entre estas dos entidades.
A fin de alcanzar dicho objeto, Pltd asume el compromiso de efectuar una aportación
económica en metálico por importe de trescientos mil pesos filipinos (300.000,00 PHP).
En consecuencia, este convenio no tendrá coste alguno para la Representación
Permanente.
Segunda.
Difusión de la participación.
La Representación Permanente se compromete a difundir la participación de Pltd, y
agradecerá la aportación en las acciones comerciales y de publicidad diseñadas para la
actividad señalada en el apartado primero, lo que podrá hacerse mediante alguna de las
siguientes acciones:
A todos los efectos, la difusión por parte de la Representación Permanente de la
participación de Pltd, no constituirá en ningún caso una prestación de servicios.
Las partes firmantes se comprometen a utilizar todos los medios a su alcance para la
adecuada difusión y promoción de la actividad señalada en el apartado primero.
Tercera.
Justificación de la participación.
La Representación Permanente, una vez reciba, en su caso, la mencionada
participación, le hará llegar a Pltd, en el plazo máximo de treinta (30) días a contar de su
realización y en su domicilio social, la oportuna certificación acreditativa de la aportación
cve: BOE-A-2024-20237
Verificable en https://www.boe.es
– Agradecimiento en el acto de inauguración/clausura.
– La inclusión del logotipo de la empresa en todo el material gráfico impreso de la
actividad (invitaciones, programas…) mencionada en el apartado primero.
– Inclusión del logotipo de la empresa en material de difusión en web y redes
sociales de la actividad mencionada en el apartado primero.
– Colocación de roller de la empresa en el lugar físico de la actividad mencionada en
el apartado primero.
– Entradas de cortesía para el evento de la actividad mencionada en el apartado
primero.
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123690
los intereses de España y de los españoles, todo ello de acuerdo con la normativa
vigente.
II. Que la Representación Permanente está considerada una entidad beneficiaria
del mecenazgo de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al
Mecenazgo.
III. Que Pltd es una empresa que mantiene un compromiso con la sociedad que va
más allá de su actividad empresarial.
IV. Que Pltd conoce las iniciativas que lleva a cabo la Representación Permanente,
ya que han colaborado en los últimos años en proyectos puntuales y actividades
conjuntas para la promoción de la imagen de España y la empresa española.
V. Que por todo lo anterior, ambas partes están de acuerdo en suscribir el presente
convenio y, al efecto, convienen las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones de la participación de
PLTD, en la celebración de la Fiesta Nacional de España que está previsto que tenga
lugar en Manila, Filipinas el próximo 10 de octubre de 2024.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los
Incentivos Fiscales al Mecenazgo, con el objetivo de dotar de un marco formal a la
cooperación mutua entre estas dos entidades.
A fin de alcanzar dicho objeto, Pltd asume el compromiso de efectuar una aportación
económica en metálico por importe de trescientos mil pesos filipinos (300.000,00 PHP).
En consecuencia, este convenio no tendrá coste alguno para la Representación
Permanente.
Segunda.
Difusión de la participación.
La Representación Permanente se compromete a difundir la participación de Pltd, y
agradecerá la aportación en las acciones comerciales y de publicidad diseñadas para la
actividad señalada en el apartado primero, lo que podrá hacerse mediante alguna de las
siguientes acciones:
A todos los efectos, la difusión por parte de la Representación Permanente de la
participación de Pltd, no constituirá en ningún caso una prestación de servicios.
Las partes firmantes se comprometen a utilizar todos los medios a su alcance para la
adecuada difusión y promoción de la actividad señalada en el apartado primero.
Tercera.
Justificación de la participación.
La Representación Permanente, una vez reciba, en su caso, la mencionada
participación, le hará llegar a Pltd, en el plazo máximo de treinta (30) días a contar de su
realización y en su domicilio social, la oportuna certificación acreditativa de la aportación
cve: BOE-A-2024-20237
Verificable en https://www.boe.es
– Agradecimiento en el acto de inauguración/clausura.
– La inclusión del logotipo de la empresa en todo el material gráfico impreso de la
actividad (invitaciones, programas…) mencionada en el apartado primero.
– Inclusión del logotipo de la empresa en material de difusión en web y redes
sociales de la actividad mencionada en el apartado primero.
– Colocación de roller de la empresa en el lugar físico de la actividad mencionada en
el apartado primero.
– Entradas de cortesía para el evento de la actividad mencionada en el apartado
primero.