III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-20270)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid, para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los fondos «Next Generation».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123916
Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
MANIFIESTAN
I. Que con fecha 9 de marzo de 2022 se formalizó el Convenio entre el Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda
Urbana) y la Comunidad Autónoma de Madridm para la ejecución del Programa de
Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
II. El anexo I. Listado de Actuaciones de la Comunidad Autónoma de Madrid que
acompaña al convenio suscrito por la Comunidad Autónoma de Madrid recoge como
actuaciones comprometidas por dicha comunidad para el cumplimiento del objetivo CID,
objeto del convenio, en fase 1 las siguientes actuaciones:
–
–
–
–
–
–
–
–
–
14F1-3 Juzgado de Leganés.
14F1-6 Juzgado de Alcorcón.
14F1-7 Juzgado de Colmenar Viejo.
14F1-9 HGUGM Hospital Materno Infantil.
14F1-10 HGUGM Hospital General Universitario Gregorio Marañón.
14F1-11 HGUGM Centro de Especialidades Hermanos Sangro.
14F1-12 HGUGM Centro de Especialidades Moratalaz.
14R-5 Juzgado de Coslada.
14R-6 Juzgado de Fuenlabrada.
En definitiva, la Comunidad Autónoma de Madrid, en virtud del convenio suscrito
adquirió el compromiso particular de contribuir al objetivo CID36 de la Unión Europea,
definido en dicho convenio, con la rehabilitación de 19.618 metros cuadrados, todos ellos
en fase 1.
No obstante, para asegurar el cumplimiento de su compromiso particular incorporó al
convenio un total de 99.510 metros cuadrados a rehabilitar.
Los metros cuadrados rehabilitados que excedan del objetivo CID particular asignado
a la Comunidad Autónoma de Madrid en virtud de este convenio contribuirán, de igual
modo, a incrementar el número de metros cuadrados rehabilitados del objetivo CID
global comprometido con la Unión Europea,
III. En cuanto al plazo establecido en el convenio para la ejecución de las
actuaciones que esta comunidad tiene previstas en fase 1, en aras a su contribución al
CID36, la cláusula sexta «Financiación y plazos», dispone al respecto:
IV. Ahora bien, las circunstancias sobrevenidas explicadas más abajo han hecho
necesario que la Comunidad Autónoma de Madrid solicite modificación del plazo inicial
previsto para las actuaciones de fase 1 por parte de esta, acordada por ambas partes en
comisión bilateral de fecha de 5 de julio de 2024.
En concreto, esta comunidad justifica su solicitud teniendo en cuenta las siguientes
consideraciones:
«En el marco del seguimiento del PIREP objeto de la reunión, la Comunidad de Madrid
puso de manifiesto la posibilidad de cumplir con el plazo del 30 de septiembre, previsto en la
cve: BOE-A-2024-20270
Verificable en https://www.boe.es
«Las actuaciones financiables se deben ejecutar en el periodo de tiempo
comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2024 para las
actuaciones adscritas sólo a la fase 1 o, hasta el 31 de marzo de 2026, para las de
fase 2. Se recuerda que tiene la consideración de obra finalizada aquella que disponga
de un Acta de recepción, la cual en ningún caso podrá ser posterior a la fecha límite
señalada en este párrafo.»
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123916
Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
MANIFIESTAN
I. Que con fecha 9 de marzo de 2022 se formalizó el Convenio entre el Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda
Urbana) y la Comunidad Autónoma de Madridm para la ejecución del Programa de
Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
II. El anexo I. Listado de Actuaciones de la Comunidad Autónoma de Madrid que
acompaña al convenio suscrito por la Comunidad Autónoma de Madrid recoge como
actuaciones comprometidas por dicha comunidad para el cumplimiento del objetivo CID,
objeto del convenio, en fase 1 las siguientes actuaciones:
–
–
–
–
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14F1-3 Juzgado de Leganés.
14F1-6 Juzgado de Alcorcón.
14F1-7 Juzgado de Colmenar Viejo.
14F1-9 HGUGM Hospital Materno Infantil.
14F1-10 HGUGM Hospital General Universitario Gregorio Marañón.
14F1-11 HGUGM Centro de Especialidades Hermanos Sangro.
14F1-12 HGUGM Centro de Especialidades Moratalaz.
14R-5 Juzgado de Coslada.
14R-6 Juzgado de Fuenlabrada.
En definitiva, la Comunidad Autónoma de Madrid, en virtud del convenio suscrito
adquirió el compromiso particular de contribuir al objetivo CID36 de la Unión Europea,
definido en dicho convenio, con la rehabilitación de 19.618 metros cuadrados, todos ellos
en fase 1.
No obstante, para asegurar el cumplimiento de su compromiso particular incorporó al
convenio un total de 99.510 metros cuadrados a rehabilitar.
Los metros cuadrados rehabilitados que excedan del objetivo CID particular asignado
a la Comunidad Autónoma de Madrid en virtud de este convenio contribuirán, de igual
modo, a incrementar el número de metros cuadrados rehabilitados del objetivo CID
global comprometido con la Unión Europea,
III. En cuanto al plazo establecido en el convenio para la ejecución de las
actuaciones que esta comunidad tiene previstas en fase 1, en aras a su contribución al
CID36, la cláusula sexta «Financiación y plazos», dispone al respecto:
IV. Ahora bien, las circunstancias sobrevenidas explicadas más abajo han hecho
necesario que la Comunidad Autónoma de Madrid solicite modificación del plazo inicial
previsto para las actuaciones de fase 1 por parte de esta, acordada por ambas partes en
comisión bilateral de fecha de 5 de julio de 2024.
En concreto, esta comunidad justifica su solicitud teniendo en cuenta las siguientes
consideraciones:
«En el marco del seguimiento del PIREP objeto de la reunión, la Comunidad de Madrid
puso de manifiesto la posibilidad de cumplir con el plazo del 30 de septiembre, previsto en la
cve: BOE-A-2024-20270
Verificable en https://www.boe.es
«Las actuaciones financiables se deben ejecutar en el periodo de tiempo
comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2024 para las
actuaciones adscritas sólo a la fase 1 o, hasta el 31 de marzo de 2026, para las de
fase 2. Se recuerda que tiene la consideración de obra finalizada aquella que disponga
de un Acta de recepción, la cual en ningún caso podrá ser posterior a la fecha límite
señalada en este párrafo.»