III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-20270)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid, para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los fondos «Next Generation».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123915
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
20270
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Agenda
Urbana y Arquitectura, por la que se publica la Adenda de modificación al
Convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid, para la ejecución del
Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, dentro del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los fondos
«Next Generation».
El 26 de septiembre de 2024, previa tramitación reglamentaria, se suscribió
adenda al citado convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y
Viceconsejero de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid, para
ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
Por ello, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto de
referida adenda, que figura como anexo a la presente resolución.
la
el
la
la
Madrid, 30 de septiembre de 2024.–La Directora General de Agenda Urbana y
Arquitectura, María Teresa Verdú Martínez.
ANEXO
Adenda de modificación al Convenio de Colaboración otorgado el 9 de marzo
de 2022 entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Autónoma
de Madrid, para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación
de Edificios Públicos
En Madrid, 26 de septiembre de 2024.
De una parte, don Francisco David Lucas Parrón, Secretario de Estado de Vivienda y
Agenda Urbana, de acuerdo con el Real Decreto 976/2023, de 28 de noviembre, por el
que se dispone su nombramiento; la disposición final 1.ª y el artículo 14.2 del Real
Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, se suprime la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana y se crea el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana como departamento
encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
vivienda, agenda urbana, calidad de la edificación y suelo; el Real Decreto 208/2024,
de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Vivienda y Agenda Urbana, y, actuando por delegación de la Ministra de Vivienda y
Agenda Urbana, al amparo de lo dispuesto en la Orden VAU/717/2024, de 5 de julio,
sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos.
Y, de otra parte, don Juan Revuelta González, Viceconsejero de Hacienda y Función
Pública de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 193/2023, de 12 de julio, del
Consejo de Gobierno (BOCM núm. 165, de 13 de julio) y actuando al amparo de lo
dispuesto en el artículo primero letra d) apartado 4.º de la Orden de 17 de abril de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de
determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de fundaciones («Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid» núm. 108, de 7 de mayo de 2024), y por el
cve: BOE-A-2024-20270
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123915
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
20270
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Agenda
Urbana y Arquitectura, por la que se publica la Adenda de modificación al
Convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid, para la ejecución del
Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, dentro del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los fondos
«Next Generation».
El 26 de septiembre de 2024, previa tramitación reglamentaria, se suscribió
adenda al citado convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y
Viceconsejero de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid, para
ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
Por ello, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto de
referida adenda, que figura como anexo a la presente resolución.
la
el
la
la
Madrid, 30 de septiembre de 2024.–La Directora General de Agenda Urbana y
Arquitectura, María Teresa Verdú Martínez.
ANEXO
Adenda de modificación al Convenio de Colaboración otorgado el 9 de marzo
de 2022 entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Autónoma
de Madrid, para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación
de Edificios Públicos
En Madrid, 26 de septiembre de 2024.
De una parte, don Francisco David Lucas Parrón, Secretario de Estado de Vivienda y
Agenda Urbana, de acuerdo con el Real Decreto 976/2023, de 28 de noviembre, por el
que se dispone su nombramiento; la disposición final 1.ª y el artículo 14.2 del Real
Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, se suprime la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana y se crea el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana como departamento
encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
vivienda, agenda urbana, calidad de la edificación y suelo; el Real Decreto 208/2024,
de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Vivienda y Agenda Urbana, y, actuando por delegación de la Ministra de Vivienda y
Agenda Urbana, al amparo de lo dispuesto en la Orden VAU/717/2024, de 5 de julio,
sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos.
Y, de otra parte, don Juan Revuelta González, Viceconsejero de Hacienda y Función
Pública de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 193/2023, de 12 de julio, del
Consejo de Gobierno (BOCM núm. 165, de 13 de julio) y actuando al amparo de lo
dispuesto en el artículo primero letra d) apartado 4.º de la Orden de 17 de abril de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de
determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de fundaciones («Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid» núm. 108, de 7 de mayo de 2024), y por el
cve: BOE-A-2024-20270
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