III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-20276)
Resolución de 27 de septiembre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral y el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle, para la realización de prácticas académicas en centros del Imserso.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123953
Universitario y al amparo del reglamento sobre prácticas académicas externas del CSEU
La Salle, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y finalidad.
El presente convenio tiene por objeto posibilitar a estudiantes matriculados en el
CSEU La Salle la realización de prácticas académicas externas en el Ceadac del
Imserso y regular las condiciones en que se realizarán dichas prácticas.
Segunda.
Compromisos que asume el Ceadac del Imserso.
a) Presentar a el CSEU La Salle, cuando así lo estime conveniente, las ofertas de
prácticas que se consideren oportunas, especificando el número de plazas que se
ofrecen, requisitos exigidos a los estudiantes y características de las prácticas a realizar.
b) Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar las tareas
formativas encomendadas.
c) Nombrar un profesional de la plantilla con experiencia, que ejerza como tutor del
Centro responsable de las prácticas y que coordine junto con el tutor académico del
CSEU La Salle el desarrollo de las mismas.
d) Expedir, a la conclusión de las prácticas, el informe final que recogerá el número
de horas realizadas por el estudiante y con valoración de los distintos aspectos referidos
a las competencias genéricas y específicas previstas en el proyecto formativo y remitirlo
al tutor académico.
a) Realizar una selección previa de los candidatos que van a realizar las prácticas
entre estudiantes matriculados en la enseñanza universitaria a la que se vinculan las
competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir por el estudiante en la
realización de la práctica.
b) Nombrar un tutor académico responsable de las prácticas, que será un profesor
de la facultad, escuela o centro universitario de la universidad, que coordine junto con el
tutor del centro, el desarrollo de las mismas.
c) Aplicar al estudiante en prácticas el régimen de seguro escolar, e incluirle como
beneficiario en un seguro colectivo de accidentes, disponer de una póliza de seguro de
responsabilidad civil que cubra los daños materiales, personales y sus perjuicios
consecuenciales causados a terceros por el estudiante en el ejercicio de las prácticas.
No obstante, para los estudiantes que por razón de edad no estén cubiertos por el
seguro escolar, el CSEU La Salle concertará un seguro que le cubra durante el periodo
de prácticas los mismos riesgos amparados en la cobertura del seguro escolar.
d) Emitir el informe de evaluación de las practicas desarrolladas y un documento
acreditativo de las mismas al finalizar el período de ejecución, que contendrá, al menos,
referencia al centro del Imserso que actúa como entidad colaboradora, descripción de la
práctica especificando su duración y fechas de realización y actividades realizadas.
e) Acreditar al tutor designado por el Centro Ceadac y al personal del centro
partícipe en las prácticas la consideración de colaboradores con dicha universidad, o
cualquier otra figura que considere, teniendo en cuenta la implicación del tutor y del
personal en la formación de los alumnos derivados por la misma.
Cuarta. Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de formación y
prácticas no laborales y académicas.
El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social de los alumnos que están
cursando las prácticas académicas formativas corresponderá al centro educativo CSEU
cve: BOE-A-2024-20276
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Compromisos que asume el CSEU La Salle.
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123953
Universitario y al amparo del reglamento sobre prácticas académicas externas del CSEU
La Salle, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y finalidad.
El presente convenio tiene por objeto posibilitar a estudiantes matriculados en el
CSEU La Salle la realización de prácticas académicas externas en el Ceadac del
Imserso y regular las condiciones en que se realizarán dichas prácticas.
Segunda.
Compromisos que asume el Ceadac del Imserso.
a) Presentar a el CSEU La Salle, cuando así lo estime conveniente, las ofertas de
prácticas que se consideren oportunas, especificando el número de plazas que se
ofrecen, requisitos exigidos a los estudiantes y características de las prácticas a realizar.
b) Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar las tareas
formativas encomendadas.
c) Nombrar un profesional de la plantilla con experiencia, que ejerza como tutor del
Centro responsable de las prácticas y que coordine junto con el tutor académico del
CSEU La Salle el desarrollo de las mismas.
d) Expedir, a la conclusión de las prácticas, el informe final que recogerá el número
de horas realizadas por el estudiante y con valoración de los distintos aspectos referidos
a las competencias genéricas y específicas previstas en el proyecto formativo y remitirlo
al tutor académico.
a) Realizar una selección previa de los candidatos que van a realizar las prácticas
entre estudiantes matriculados en la enseñanza universitaria a la que se vinculan las
competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir por el estudiante en la
realización de la práctica.
b) Nombrar un tutor académico responsable de las prácticas, que será un profesor
de la facultad, escuela o centro universitario de la universidad, que coordine junto con el
tutor del centro, el desarrollo de las mismas.
c) Aplicar al estudiante en prácticas el régimen de seguro escolar, e incluirle como
beneficiario en un seguro colectivo de accidentes, disponer de una póliza de seguro de
responsabilidad civil que cubra los daños materiales, personales y sus perjuicios
consecuenciales causados a terceros por el estudiante en el ejercicio de las prácticas.
No obstante, para los estudiantes que por razón de edad no estén cubiertos por el
seguro escolar, el CSEU La Salle concertará un seguro que le cubra durante el periodo
de prácticas los mismos riesgos amparados en la cobertura del seguro escolar.
d) Emitir el informe de evaluación de las practicas desarrolladas y un documento
acreditativo de las mismas al finalizar el período de ejecución, que contendrá, al menos,
referencia al centro del Imserso que actúa como entidad colaboradora, descripción de la
práctica especificando su duración y fechas de realización y actividades realizadas.
e) Acreditar al tutor designado por el Centro Ceadac y al personal del centro
partícipe en las prácticas la consideración de colaboradores con dicha universidad, o
cualquier otra figura que considere, teniendo en cuenta la implicación del tutor y del
personal en la formación de los alumnos derivados por la misma.
Cuarta. Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de formación y
prácticas no laborales y académicas.
El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social de los alumnos que están
cursando las prácticas académicas formativas corresponderá al centro educativo CSEU
cve: BOE-A-2024-20276
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Compromisos que asume el CSEU La Salle.