III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-20283)
Resolución de 27 de septiembre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para regular las condiciones de la colaboración de ambas entidades en el programa Kit Consulting.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 124030
Novena. Obligaciones de sometimiento a las disposiciones comunitarias sobre el
mecanismo de recuperación y resiliencia.
a) Obligaciones comunes a ambas Partes específicamente referidas al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia:
a. Las partes deberán cumplir las obligaciones, europeas y nacionales, relativas a
la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. A tal
efecto, deberán atenerse a lo siguiente:
1. Serán responsables de la fiabilidad y del seguimiento de la ejecución de las
actuaciones, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución
de cada actuación a través del reporte en la Comisión de Seguimiento del Convenio.
2. Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar
por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros
aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los
indicadores de seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. Tienen la obligación de implementar medidas dirigidas a prevenir, detectar,
comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble
financiación.
b. Asimismo, deben cumplir con las obligaciones en materia de información,
comunicación y publicidad contempladas en el artículo 34 del Reglamento (UE)
n.º 2021/241, de 12 de febrero de 2021, sobre la financiación de la Unión Europea de las
medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En
particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones (carteles
informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas
web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los
siguientes logos:
Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y
de acceso al público.
De acuerdo con el art 9.6 «Comunicación» de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, en los informes, y entregables se deberá incluir la siguiente cláusula de
exención de responsabilidad (traducida a las lenguas locales, si procede): «Financiado
por la Unión Europea-NextGenerationEU. Sin embargo, los puntos de vista y las
opiniones expresadas son únicamente los del autor o autores y no reflejan
necesariamente los de la Unión Europea o la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni
la Comisión Europea pueden ser consideradas responsables de las mismas».
b)
Obligaciones de la Parte ejecutante:
a. La Cámara de España será quien tenga la condición de ejecutante para las
actividades previstas en este convenio. No obstante, para determinadas acciones
concretas de algunas de las actividades previstas, Red.es podrá adquirir tal condición
cuando así lo acuerde la Comisión de Seguimiento.
b. Las mismas obligaciones que incumben a la Parte ejecutante deberán ser
asumidas por los subcontratistas o terceros con los que se concierte la realización de las
cve: BOE-A-2024-20283
Verificable en https://www.boe.es
1. El emblema de la Unión.
2. Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-NextGenerationEU».
3. Se recomienda emplear también el logo del PRTR español.
4. Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014.
También
se
puede
consultar
la
siguiente
página
web:
http://
publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del
emblema en: https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 124030
Novena. Obligaciones de sometimiento a las disposiciones comunitarias sobre el
mecanismo de recuperación y resiliencia.
a) Obligaciones comunes a ambas Partes específicamente referidas al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia:
a. Las partes deberán cumplir las obligaciones, europeas y nacionales, relativas a
la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. A tal
efecto, deberán atenerse a lo siguiente:
1. Serán responsables de la fiabilidad y del seguimiento de la ejecución de las
actuaciones, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución
de cada actuación a través del reporte en la Comisión de Seguimiento del Convenio.
2. Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar
por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros
aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los
indicadores de seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. Tienen la obligación de implementar medidas dirigidas a prevenir, detectar,
comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble
financiación.
b. Asimismo, deben cumplir con las obligaciones en materia de información,
comunicación y publicidad contempladas en el artículo 34 del Reglamento (UE)
n.º 2021/241, de 12 de febrero de 2021, sobre la financiación de la Unión Europea de las
medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En
particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones (carteles
informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas
web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los
siguientes logos:
Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y
de acceso al público.
De acuerdo con el art 9.6 «Comunicación» de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, en los informes, y entregables se deberá incluir la siguiente cláusula de
exención de responsabilidad (traducida a las lenguas locales, si procede): «Financiado
por la Unión Europea-NextGenerationEU. Sin embargo, los puntos de vista y las
opiniones expresadas son únicamente los del autor o autores y no reflejan
necesariamente los de la Unión Europea o la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni
la Comisión Europea pueden ser consideradas responsables de las mismas».
b)
Obligaciones de la Parte ejecutante:
a. La Cámara de España será quien tenga la condición de ejecutante para las
actividades previstas en este convenio. No obstante, para determinadas acciones
concretas de algunas de las actividades previstas, Red.es podrá adquirir tal condición
cuando así lo acuerde la Comisión de Seguimiento.
b. Las mismas obligaciones que incumben a la Parte ejecutante deberán ser
asumidas por los subcontratistas o terceros con los que se concierte la realización de las
cve: BOE-A-2024-20283
Verificable en https://www.boe.es
1. El emblema de la Unión.
2. Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-NextGenerationEU».
3. Se recomienda emplear también el logo del PRTR español.
4. Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014.
También
se
puede
consultar
la
siguiente
página
web:
http://
publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del
emblema en: https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.