III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-20215)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional de La Rioja y el Consorcio Casa de América, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123581
teniendo en cuenta los límites previstos en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dicha prórroga deberá plasmarse en la
correspondiente adenda, que se adjuntará al presente texto y se comunicará, para su
inscripción, al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
Sector Público Estatal, sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Vigésima primera.
Transparencia.
El presente convenio se podrá poner a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia de la Universidad Carlos III de Madrid, en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno. Igualmente será de aplicación lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de
Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente convenio en sus respectivas sedes, tomándose como fecha
de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por UNIR, firmado
Dr. José María Vázquez García-Peñuela, Rector, el 26 de agosto de 2024.–Por el
Consorcio Casa de América, firmado León de la Torre Krais, Director General, el 10 de
septiembre de 2024.
ANEXO I
Deberes del/de la estudiante en prácticas
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la UNIR.
b) Conocer y cumplir los requisitos, condiciones y obligaciones exigibles para llevar a
cabo las prácticas con diligencia en Casa de América, siguiendo las indicaciones del tutor o
tutora asignado por el Consorcio, bajo la supervisión del tutor o tutora académico/a de
UNIR.
c) Mantener contacto con el tutor o tutora académico/a de UNIR durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final
que le sean requeridos.
d) Incorporarse a Casa de América en la fecha acordada, cumplir el horario previsto
en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención
de riesgos laborales de la misma.
e) Elaborar un informe final, a la conclusión de las prácticas, en el que deberán figurar
los aspectos contenidos en el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y que
remitirán al Centro, en el caso de las prácticas curriculares o de programas regulados por
éste, o al coordinador de prácticas de UNIR en el caso de las prácticas extracurriculares.
f) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de Casa de América
y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
g) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de Casa de
América salvaguardando el buen nombre de UNIR a la que pertenece.
h) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente o que pueda establecerse de
común acuerdo entre Casa de América y UNIR.
Firmado:
El/la estudiante,
cve: BOE-A-2024-20215
Verificable en https://www.boe.es
El/la estudiante se compromete a atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123581
teniendo en cuenta los límites previstos en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dicha prórroga deberá plasmarse en la
correspondiente adenda, que se adjuntará al presente texto y se comunicará, para su
inscripción, al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
Sector Público Estatal, sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Vigésima primera.
Transparencia.
El presente convenio se podrá poner a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia de la Universidad Carlos III de Madrid, en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno. Igualmente será de aplicación lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de
Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente convenio en sus respectivas sedes, tomándose como fecha
de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por UNIR, firmado
Dr. José María Vázquez García-Peñuela, Rector, el 26 de agosto de 2024.–Por el
Consorcio Casa de América, firmado León de la Torre Krais, Director General, el 10 de
septiembre de 2024.
ANEXO I
Deberes del/de la estudiante en prácticas
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la UNIR.
b) Conocer y cumplir los requisitos, condiciones y obligaciones exigibles para llevar a
cabo las prácticas con diligencia en Casa de América, siguiendo las indicaciones del tutor o
tutora asignado por el Consorcio, bajo la supervisión del tutor o tutora académico/a de
UNIR.
c) Mantener contacto con el tutor o tutora académico/a de UNIR durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final
que le sean requeridos.
d) Incorporarse a Casa de América en la fecha acordada, cumplir el horario previsto
en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención
de riesgos laborales de la misma.
e) Elaborar un informe final, a la conclusión de las prácticas, en el que deberán figurar
los aspectos contenidos en el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y que
remitirán al Centro, en el caso de las prácticas curriculares o de programas regulados por
éste, o al coordinador de prácticas de UNIR en el caso de las prácticas extracurriculares.
f) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de Casa de América
y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
g) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de Casa de
América salvaguardando el buen nombre de UNIR a la que pertenece.
h) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente o que pueda establecerse de
común acuerdo entre Casa de América y UNIR.
Firmado:
El/la estudiante,
cve: BOE-A-2024-20215
Verificable en https://www.boe.es
El/la estudiante se compromete a atender al cumplimiento de los siguientes deberes: