III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Mercado de valores. (BOE-A-2024-20287)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves y grave impuestas a Gestión de Patrimonios Mobiliarios, S.V., SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 124052
en el periodo inspeccionado comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio
de 2022, multa por importe de 90.000 euros (noventa mil euros).
– Imponer a Gestión de Patrimonios Mobiliarios, S.V., SA, por la comisión de una
infracción muy grave tipificada en el artículo 283.3 de la LMV, en relación con el
artículo 192 bis del mismo texto legal y su normativa de desarrollo, por las deficiencias
reiteradas y graves encontradas en los mecanismos de control interno, en el periodo
inspeccionado comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio de 2022, multa
por importe de 30.000 euros (treinta mil euros).
2. Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de
fecha 24 de julio de 2024 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos,
concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a Gestión de Patrimonios Mobiliarios, S.V., SA por la comisión de una
infracción grave tipificada en el artículo 295.13 de la Ley del Mercado de Valores, texto
refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación
con los artículos 12 y 15 del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, por el incumplimiento
de la prohibición de manipulación de mercado en parte de su operativa desarrollada
como proveedor de liquidez sobre acciones de Energía, Innovación y Desarrollos
Fotovoltaico, SA (EIDF), entre el 4 de marzo y el 18 de mayo de 2022, multa por importe
de 60.000 euros (sesenta mil euros).
Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recursos en vía
administrativa, las Resoluciones que imponen las sanciones, antes citadas, únicamente
han devenido firmes en dicha vía, siendo susceptibles de revisión jurisdiccional por la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2024-20287
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 23 de septiembre de 2024.–El Presidente de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 124052
en el periodo inspeccionado comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio
de 2022, multa por importe de 90.000 euros (noventa mil euros).
– Imponer a Gestión de Patrimonios Mobiliarios, S.V., SA, por la comisión de una
infracción muy grave tipificada en el artículo 283.3 de la LMV, en relación con el
artículo 192 bis del mismo texto legal y su normativa de desarrollo, por las deficiencias
reiteradas y graves encontradas en los mecanismos de control interno, en el periodo
inspeccionado comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio de 2022, multa
por importe de 30.000 euros (treinta mil euros).
2. Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de
fecha 24 de julio de 2024 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos,
concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a Gestión de Patrimonios Mobiliarios, S.V., SA por la comisión de una
infracción grave tipificada en el artículo 295.13 de la Ley del Mercado de Valores, texto
refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación
con los artículos 12 y 15 del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, por el incumplimiento
de la prohibición de manipulación de mercado en parte de su operativa desarrollada
como proveedor de liquidez sobre acciones de Energía, Innovación y Desarrollos
Fotovoltaico, SA (EIDF), entre el 4 de marzo y el 18 de mayo de 2022, multa por importe
de 60.000 euros (sesenta mil euros).
Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recursos en vía
administrativa, las Resoluciones que imponen las sanciones, antes citadas, únicamente
han devenido firmes en dicha vía, siendo susceptibles de revisión jurisdiccional por la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2024-20287
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 23 de septiembre de 2024.–El Presidente de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
https://www.boe.es
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