III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-20255)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, del Centro Español de Metrología, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de grado, máster y doctorado de la universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 123835

– Designar un tutor profesional quien será el que coordinará las actividades
formativas y quien velará por el cumplimiento de los objetivos del Plan de Actividades
Formativas previamente establecido.
– Realizar el seguimiento y evaluación del resultado del Programa con estudiantes y
la Universidad.
Por su Parte, el CEM, a través de los solicitantes de los perfiles, quienes actuarán
como tutores profesionales, queda obligado a:
– Diseñar un plan de actividades formativas.
– Mantener un contacto permanente tanto con el estudiante, así como con el tutor
académico designado por la Universidad y con la Secretaría Técnica del Programa.
– Proporcionar la información complementaria y los medios materiales
indispensables que precise el estudiante para la realización de las prácticas y estimular
el aprovechamiento del mismo.
– Visar, a la finalización de las prácticas, una memoria final realizada por el
estudiante, que remitirán a la Secretaría Técnica del Programa para su traslado al tutor
académico de la Universidad.
3. Los estudiantes que participen en el Programa, una vez hayan firmado el
Compromiso y de conformidad con lo que se recoja en éste, tendrán las siguientes
obligaciones:
– Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
Universidad.
– Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por el CEM bajo la supervisión del tutor académico de la
Universidad.
– Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
– Incorporarse al CEM en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el
proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales de la misma.
– Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con el CEM conforme a las líneas establecidas en el mismo.
– Elaborar la memoria final de las prácticas y, en su caso, el informe intermedio.
– Guardar confidencialidad en relación con la información interna del CEM, y sobre
sus actividades, durante su estancia y una vez finalizada ésta.
– Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CEM,
salvaguardando el buen nombre de la Universidad a la que pertenece.
– Aprovechar al máximo las posibilidades derivadas de las prácticas formativas que
el CEM le ofrezca.
– Notificar la finalización anticipada en el Programa y rescisión de su compromiso
con una antelación de al menos diez (10) días hábiles. La finalización solo podrá hacerse
efectiva los días 1 o 15 del mes en que tenga lugar.
– El estudiante tiene derecho a disponer del tiempo suficiente para acudir a
exámenes, ya sean parciales o finales, tutorías, presentación de trabajos académicos, o
por cualquier otro motivo acordado con el CEM y la Universidad.
– Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes
convenios suscritos por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas
vinculada a la misma, con el CEM.

cve: BOE-A-2024-20255
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Núm. 242