III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Becas. (BOE-A-2024-20213)
Acuerdo de 17 de septiembre de 2024, de la Mesa del Congreso de los Diputados, por el que se convocan becas para la formación práctica en documentación, biblioteconomía y archivística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242

Lunes 7 de octubre de 2024
Quinta.

Sec. III. Pág. 123559

Presentación de las solicitudes.

1. La solicitud y la relación de méritos a valorar se presentarán por vía electrónica,
a través de la página web del Congreso.
2. El plazo para la presentación de instancias será de quince días hábiles, contados
desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
3. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se elaborará una relación
provisional de personas aspirantes admitidas y excluidos, con indicación de la causa de
exclusión, que se hará pública en la página web del Congreso (http://www.congreso.es).
Si la solicitud no reuniera los datos o documentos exigidos, la persona interesada
dispondrá de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la
relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas para subsanar la falta
o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se
le tendrá por desistido en su petición.
Sexta. Requisitos de las solicitudes.
1.

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

a) Copia de la Certificación Académica Personal de las titulaciones de acceso a la
beca (Grado y Máster o/y Licenciatura), con validez oficial, expedidas por la Secretaría
del centro universitario donde hayan sido cursadas. En dicha Certificación Académica
Personal deberá constar, expresamente:
– El año académico en el que se han finalizado los estudios que dan acceso a la beca.
– Las materias que constituyen el programa completo de la titulación
correspondiente y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios.
– Las calificaciones de los créditos o asignaturas superadas, sus fechas de
obtención.
– La calificación de la media final, de forma numérica.
– Los hitos o logros académicos conseguidos.

b) Copia del título o títulos universitarios oficiales de acceso a la beca o certificación
de haber pagado los derechos de estos.
c) Copia del Documento Nacional de identidad en vigor. Las personas solicitantes
no españolas presentarán copia del documento acreditativo de su identidad expedido por
la autoridad competente de su país que acredite su nacionalidad.
d) Relación de méritos, a cuyo efecto será imprescindible cumplimentar el modelo que
figura en el registro electrónico de la presente convocatoria, en español y en debida forma.
e) Acreditación documental fehaciente de los méritos alegados en el punto anterior.
En el caso de poseer formación académica adicional, esta deberá acreditarse con la
Certificación Académica Personal correspondiente, expedida por la Secretaría del centro
universitario donde hayan sido cursadas las titulaciones que se relacionen. Los
documentos presentados deberán incorporarse digitalizados en el apartado
correspondiente de la solicitud.
No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados. El Jurado podrá
requerir a quien concurra, en cualquier momento del procedimiento, la aportación de los
documentos originales para su cotejo.

cve: BOE-A-2024-20213
Verificable en https://www.boe.es

En el caso de estudios realizados parcial o totalmente en el extranjero, además de
los requisitos anteriores, la certificación informará de las calificaciones máxima y mínima
necesarias para aprobar dentro del sistema de evaluación correspondiente. Cuando la
certificación esté extendida en idioma distinto al español, al francés o al inglés, deberá
acompañarse de la correspondiente traducción jurada (en español o en inglés).