III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-20147)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se publica el Convenio con Total Animal Services Paraíso, TAS, SL, en materia de aplicación del Reglamento (UE) 576/2013, de 12 de junio de 2013, relativo a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, por el que se establece como centro designado autorizado, a efectos del control de entrada de animales de compañía por los puntos de entrada de viajeros de Málaga, Granada y Almería.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Sábado 5 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123213
N.º Expte. _________________
2. COMPROMISO DEL VETERINARIO CLÍNICO A REALIZAR AISLAMIENTO DEL ANIMAL
Don/Doña
N.º de colegiado:
Correo electrónico:
Del Centro de Aislamiento Autorizado
Dirección del lugar de aislamiento:
Provincia Col:
En calidad de:
Tel.:
COMPROMETIÉNDOSE A:
1. Traslado y aceptación del animal en aislamiento durante el tiempo preceptivo.
2. Realización de extracción de sangre y remisión del suero para la valoración de Anticuerpos Antirrábicos
a un laboratorio autorizado por Unión Europea.
3. Mantener a los animales aislados de otros y en condiciones que garanticen su bienestar.
4. Regularización del animal (identificar y vacunar de la rabia) en los casos que sea posible (animal
procedente de un país sin riesgo de rabia)
5. Aviso de forma inmediato al Servicio de Sanidad Animal por correo electrónico, en el caso de que el
animal desarrolle algún signo de enfermedad compatible con la rabia o de alguna otra incidencia clínica.
6. Realizar el sacrificio y la destrucción excepto la cabeza que se remitirá para análisis del animal si
desarrolla sintomatología compatible con la rabia.
7. En caso del abandono del animal en la Centro Designado Autorizado, la eutanasia y destrucción del
cadáver.
En …………………………. a ……… de …………… de 202…
cve: BOE-A-2024-20147
Verificable en https://www.boe.es
Fdo.: …………………………………
Veterinario/a Clínico
Núm. 241
Sábado 5 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123213
N.º Expte. _________________
2. COMPROMISO DEL VETERINARIO CLÍNICO A REALIZAR AISLAMIENTO DEL ANIMAL
Don/Doña
N.º de colegiado:
Correo electrónico:
Del Centro de Aislamiento Autorizado
Dirección del lugar de aislamiento:
Provincia Col:
En calidad de:
Tel.:
COMPROMETIÉNDOSE A:
1. Traslado y aceptación del animal en aislamiento durante el tiempo preceptivo.
2. Realización de extracción de sangre y remisión del suero para la valoración de Anticuerpos Antirrábicos
a un laboratorio autorizado por Unión Europea.
3. Mantener a los animales aislados de otros y en condiciones que garanticen su bienestar.
4. Regularización del animal (identificar y vacunar de la rabia) en los casos que sea posible (animal
procedente de un país sin riesgo de rabia)
5. Aviso de forma inmediato al Servicio de Sanidad Animal por correo electrónico, en el caso de que el
animal desarrolle algún signo de enfermedad compatible con la rabia o de alguna otra incidencia clínica.
6. Realizar el sacrificio y la destrucción excepto la cabeza que se remitirá para análisis del animal si
desarrolla sintomatología compatible con la rabia.
7. En caso del abandono del animal en la Centro Designado Autorizado, la eutanasia y destrucción del
cadáver.
En …………………………. a ……… de …………… de 202…
cve: BOE-A-2024-20147
Verificable en https://www.boe.es
Fdo.: …………………………………
Veterinario/a Clínico