III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-20152)
Resolución de 21 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa de construcción para la subestación La Ribina 400 kV y la línea de entrada/salida a 400 kV en la SE La Ribina de la línea Carril-Litoral 1, Vera y Antas (Almería) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Sábado 5 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123260
Teniendo en cuenta lo indicado anteriormente respecto de las modificaciones
contempladas en la DIA, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre respecto de las modificaciones de instalaciones de
transporte y distribución que hayan obtenido autorización administrativa previa y el
cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
La citada nueva subestación de La Ribina y su línea de entrada/salida se
encontraban incluidas en el documento «Planificación Energética. Plan de Desarrollo de
la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020», aprobado por Acuerdo de
Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015. Actualmente, y con el fin de facilitar la
integración de renovables y la resolución de restricciones técnicas en los nuevos
corredores de Andalucía, las actuaciones se encuentran incluidas en la planificación
vigente, «Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026»,
aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial
del Estado» núm. 93, de 19 de abril de 2022).
Red Eléctrica suscribió sendas declaraciones responsables, firmadas a 27 de octubre
de 2020 y 23 marzo de 2021, de manera que acredita el cumplimiento de la normativa
que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico.
De conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del
promotor, el cual ha respondido al mismo mostrando su conformidad, presentando a su
vez documentación complementaria que ha sido considerada en la presente resolución.
De acuerdo con los artículos 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa de construcción y
declaración, en concreto, de utilidad pública de la actuación objeto de esta resolución.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU autorización administrativa de construcción
para la subestación La Ribina 400 kV y la línea de entrada/salida a 400 kV en la SE La
Ribina de la línea Carril – Litoral 1, situadas en los términos municipales de Vera y Antas, en
la provincia de Almería, con las características definidas en los proyectos «Nueva
Subestación Ribina 400 kV», fechado en noviembre de 2019, «Proyecto de Ejecución de la
Línea Aérea de Transporte de Energía Eléctrica a 400 Kv Doble Circuito E/S SE La Ribina
de la L/Carril – Litoral 1 Apoyo T-63b A SE La Ribina», fechado en marzo de 2021, y en las
condiciones especiales contenidas en el anexo de la presente resolución.
Las características principales de la subestación de La Ribina 400 kV son las
siguientes:
− Tensión nominal: 400 kV.
− Tensión más elevada para el material (Um): 420 kV.
− Tecnología: AIS.
− Instalación: Convencional exterior.
− Configuración: Interruptor y medio.
− Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 kA.
cve: BOE-A-2024-20152
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 241
Sábado 5 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 123260
Teniendo en cuenta lo indicado anteriormente respecto de las modificaciones
contempladas en la DIA, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre respecto de las modificaciones de instalaciones de
transporte y distribución que hayan obtenido autorización administrativa previa y el
cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
La citada nueva subestación de La Ribina y su línea de entrada/salida se
encontraban incluidas en el documento «Planificación Energética. Plan de Desarrollo de
la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020», aprobado por Acuerdo de
Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015. Actualmente, y con el fin de facilitar la
integración de renovables y la resolución de restricciones técnicas en los nuevos
corredores de Andalucía, las actuaciones se encuentran incluidas en la planificación
vigente, «Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026»,
aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial
del Estado» núm. 93, de 19 de abril de 2022).
Red Eléctrica suscribió sendas declaraciones responsables, firmadas a 27 de octubre
de 2020 y 23 marzo de 2021, de manera que acredita el cumplimiento de la normativa
que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico.
De conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del
promotor, el cual ha respondido al mismo mostrando su conformidad, presentando a su
vez documentación complementaria que ha sido considerada en la presente resolución.
De acuerdo con los artículos 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa de construcción y
declaración, en concreto, de utilidad pública de la actuación objeto de esta resolución.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU autorización administrativa de construcción
para la subestación La Ribina 400 kV y la línea de entrada/salida a 400 kV en la SE La
Ribina de la línea Carril – Litoral 1, situadas en los términos municipales de Vera y Antas, en
la provincia de Almería, con las características definidas en los proyectos «Nueva
Subestación Ribina 400 kV», fechado en noviembre de 2019, «Proyecto de Ejecución de la
Línea Aérea de Transporte de Energía Eléctrica a 400 Kv Doble Circuito E/S SE La Ribina
de la L/Carril – Litoral 1 Apoyo T-63b A SE La Ribina», fechado en marzo de 2021, y en las
condiciones especiales contenidas en el anexo de la presente resolución.
Las características principales de la subestación de La Ribina 400 kV son las
siguientes:
− Tensión nominal: 400 kV.
− Tensión más elevada para el material (Um): 420 kV.
− Tecnología: AIS.
− Instalación: Convencional exterior.
− Configuración: Interruptor y medio.
− Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 kA.
cve: BOE-A-2024-20152
Verificable en https://www.boe.es
Primero.