II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-20010)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
96 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de octubre de 2024
Segunda.

Sec. II.B. Pág. 122486

Situaciones administrativas de las personas participantes.

1. Los funcionarios y las funcionarias deberán permanecer en cada puesto de
trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los
concursos de provisión de puestos, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o de
un Departamento ministerial, en defecto de aquélla, o en los supuestos previstos en el
párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la reforma de la Función Pública y en el de supresión de su puesto de trabajo.
2. Los funcionarios y las funcionarias en situación de servicio en otras
Administraciones Públicas, artículo 88 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, que después de transcurridos dos años desde su transferencia o
traslado, hayan tomado posesión en un ulterior destino definitivo obtenido
voluntariamente, no podrán participar hasta que hayan transcurrido dos años desde su
incorporación al mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales excepciones a causa de
remoción, cese o supresión acaecidas en ese ulterior puesto.
3. Los funcionarios y las funcionarias en excedencia voluntaria por interés particular
(art. 89.2 del Estatuto Básico del Empleado Público) y en excedencia voluntaria por
agrupación familiar (art. 89.3 del citado Estatuto), solo podrán participar si al término del
plazo de presentación de solicitudes han transcurrido al menos dos años desde el inicio
en dicha situación.
4. Los funcionarios y las funcionarias en situación de excedencia por cuidado de
familiares y en servicios especiales con derecho a reserva de puesto (arts. 89.4 y 87 del
Estatuto Básico del Empleado Público) solo podrán participar si a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la fecha de
toma de posesión en el último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos
contemplados en el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
5. Los funcionarios y las funcionarias que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala
por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que
desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el
Cuerpo o Escala de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de dos años en
destino definitivo para poder concursar.
6. Los funcionarios y las funcionarias en servicio activo que se encuentren
ocupando puestos en adscripción provisional, ya sea por reingreso, cese, remoción o
supresión del puesto que venían ocupando, estarán obligados a participar en este
concurso en el caso de que se convoque dicho puesto, solicitando, al menos el mismo,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 62.2 y 72.2 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo.
Los funcionarios y las funcionarias sin destino definitivo que habiendo solicitado el
puesto que ocupan provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán
ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En
el caso de que no solicite el puesto que ocupa en adscripción provisional, y este fuera
adjudicado en el concurso, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias no
estará obligada a asignarle un puesto de trabajo en la misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa está obligado a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de
suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación
acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión.
Tercera.

Modelos y plazos de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín

cve: BOE-A-2024-20010
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 240