II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-20010)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 122495
d) El órgano competente en materia de personal de la Administración Pública que
corresponda cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias que se encuentren
en servicio en otras Administraciones Públicas.
e) La Unidad de personal que corresponda en función del puesto de reserva del
funcionario o funcionaria, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la
de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo.
f) La Dirección General de la Función Pública, para funcionarios y funcionarias
pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio para la Transformación Digital
y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, cuando
se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de
puesto de trabajo, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras
Administraciones Públicas mientras el funcionario o funcionaría se encontrase en dicha
situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración
Pública en la que se prestasen los servicios. El Ministerio de adscripción correspondiente
será el que expida esta certificación en el caso de funcionarios y funcionarias
pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos a otros Departamentos.
g) El Ministerio al que esté adscrito el cuerpo o escala, siempre que sea distinto al
de la Secretaría de Estado de Función Pública, en el caso de funcionarios y funcionarias
que se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a
reserva de puesto de trabajo.
h) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, SA, en el
caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos
que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se
encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan
ocupado su último destino en servicio activo en la misma.
i) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas
de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa,
cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros.
Aquellos funcionarios y funcionarias que aleguen participación y/o impartición de
cursos en su solicitud deberán aportar los certificados correspondientes. Se exceptúan
los cursos que aparezcan ya certificados en el anexo IV siempre y cuando en dicho
anexo se mencione la duración y la fecha de realización.
Aquellos funcionarios y funcionarias que aleguen servicios prestados en otras
Administraciones fuera del ámbito de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias o de la Generalidad de Cataluña, deberán aportar copia de la resolución
de reconocimiento de tiempo de servicios a efectos del cómputo de trienios emitido en su
día por la oficina de personal competente, y del anexo que acompaña dicha resolución
donde se desglosan los servicios prestados y sus periodos.
Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y
laboral.
La documentación que se aporte para la valoración de este apartado deberá
contener información actualizada que permita comprobar que a fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes concurren las circunstancias alegadas.
a) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto a valorar el destino
previo del cónyuge funcionario o funcionaria, deberán aportar la siguiente
documentación:
– Copia del libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de
inscripción matrimonial.
– Certificación de la Unidad de personal que acredite la relación de servicios del
cónyuge, su localidad de destino, el puesto que desempeña y la forma y fecha en que lo
obtuvo.
cve: BOE-A-2024-20010
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 122495
d) El órgano competente en materia de personal de la Administración Pública que
corresponda cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias que se encuentren
en servicio en otras Administraciones Públicas.
e) La Unidad de personal que corresponda en función del puesto de reserva del
funcionario o funcionaria, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la
de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo.
f) La Dirección General de la Función Pública, para funcionarios y funcionarias
pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio para la Transformación Digital
y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, cuando
se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de
puesto de trabajo, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras
Administraciones Públicas mientras el funcionario o funcionaría se encontrase en dicha
situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración
Pública en la que se prestasen los servicios. El Ministerio de adscripción correspondiente
será el que expida esta certificación en el caso de funcionarios y funcionarias
pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos a otros Departamentos.
g) El Ministerio al que esté adscrito el cuerpo o escala, siempre que sea distinto al
de la Secretaría de Estado de Función Pública, en el caso de funcionarios y funcionarias
que se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a
reserva de puesto de trabajo.
h) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, SA, en el
caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos
que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se
encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan
ocupado su último destino en servicio activo en la misma.
i) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas
de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa,
cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros.
Aquellos funcionarios y funcionarias que aleguen participación y/o impartición de
cursos en su solicitud deberán aportar los certificados correspondientes. Se exceptúan
los cursos que aparezcan ya certificados en el anexo IV siempre y cuando en dicho
anexo se mencione la duración y la fecha de realización.
Aquellos funcionarios y funcionarias que aleguen servicios prestados en otras
Administraciones fuera del ámbito de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias o de la Generalidad de Cataluña, deberán aportar copia de la resolución
de reconocimiento de tiempo de servicios a efectos del cómputo de trienios emitido en su
día por la oficina de personal competente, y del anexo que acompaña dicha resolución
donde se desglosan los servicios prestados y sus periodos.
Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y
laboral.
La documentación que se aporte para la valoración de este apartado deberá
contener información actualizada que permita comprobar que a fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes concurren las circunstancias alegadas.
a) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto a valorar el destino
previo del cónyuge funcionario o funcionaria, deberán aportar la siguiente
documentación:
– Copia del libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de
inscripción matrimonial.
– Certificación de la Unidad de personal que acredite la relación de servicios del
cónyuge, su localidad de destino, el puesto que desempeña y la forma y fecha en que lo
obtuvo.
cve: BOE-A-2024-20010
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240