III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-20066)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Pilar Luis Coco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 122899
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20066
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Pilar Luis Coco.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Mario Jiménez Luis, don Jorge Luis
Jiménez Luis y don Luis Jiménez Rodríguez, según resulta de la escritura otorgada ante
la notaria de Madrid, doña María del Rosario Algora Wesolowski, el 25 de abril de 2024,
con el número 662 de protocolo.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Avenida de Alcotanes,
número 33, CP 28320, municipio de Pinto (Madrid) y su ámbito de actuación se extiende
a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
– Promover la salud, hábitos y actividades de vida saludable con el fin de lograr una
mayor calidad de vida para los siguientes colectivos:
• Personas con enfermedades poco frecuentes o raras, especialmente en niños,
niñas y adolescentes.
• Personas con cáncer, haciendo especial hincapié en niños, niñas y adolescentes.
• Personas en situación o riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad,
poniendo especial interés en mujeres en situación de vulnerabilidad o con discapacidad.
• Personas con enfermedades poco frecuentes.
• Personas con cáncer, especialmente en niños, niñas y adolescentes.
• Personas en situación o riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad,
poniendo el foco en personas con capacidades diferentes.
– Facilitar medios materiales económicos, manutención, asistenciales y psicológicos
a los 3 colectivos objetivos de la fundación.
cve: BOE-A-2024-20066
Verificable en https://www.boe.es
– Promocionar la divulgación, conocimiento y sensibilización sobre los siguientes
colectivos:
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 122899
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20066
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Pilar Luis Coco.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Mario Jiménez Luis, don Jorge Luis
Jiménez Luis y don Luis Jiménez Rodríguez, según resulta de la escritura otorgada ante
la notaria de Madrid, doña María del Rosario Algora Wesolowski, el 25 de abril de 2024,
con el número 662 de protocolo.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Avenida de Alcotanes,
número 33, CP 28320, municipio de Pinto (Madrid) y su ámbito de actuación se extiende
a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
– Promover la salud, hábitos y actividades de vida saludable con el fin de lograr una
mayor calidad de vida para los siguientes colectivos:
• Personas con enfermedades poco frecuentes o raras, especialmente en niños,
niñas y adolescentes.
• Personas con cáncer, haciendo especial hincapié en niños, niñas y adolescentes.
• Personas en situación o riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad,
poniendo especial interés en mujeres en situación de vulnerabilidad o con discapacidad.
• Personas con enfermedades poco frecuentes.
• Personas con cáncer, especialmente en niños, niñas y adolescentes.
• Personas en situación o riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad,
poniendo el foco en personas con capacidades diferentes.
– Facilitar medios materiales económicos, manutención, asistenciales y psicológicos
a los 3 colectivos objetivos de la fundación.
cve: BOE-A-2024-20066
Verificable en https://www.boe.es
– Promocionar la divulgación, conocimiento y sensibilización sobre los siguientes
colectivos: