II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-20017)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 122777
Cuarta.
A la citada solicitud podrán las/los aspirantes acompañar, en todo caso, aquellas
publicaciones, informes o cualquier otra documentación que permita apreciar las
especificaciones del puesto.
Quinta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el
órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del
mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2024-20017
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de septiembre de 2024.–El Subsecretario de Juventud e Infancia, Rafael
Escudero Alday.
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 122777
Cuarta.
A la citada solicitud podrán las/los aspirantes acompañar, en todo caso, aquellas
publicaciones, informes o cualquier otra documentación que permita apreciar las
especificaciones del puesto.
Quinta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el
órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del
mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2024-20017
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de septiembre de 2024.–El Subsecretario de Juventud e Infancia, Rafael
Escudero Alday.