I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20000)
Real Decreto 914/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de diversas familias profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 121803
C3: Aplicar procedimientos de auditoría para responder al riesgo, cumpliendo con lo
previsto en un programa de auditoría.
CE3.1 Explicar que estrategias de auditoría puede seguir un auditor tanto en el
caso de que decida confiar en el control interno de una entidad a auditar, como en
caso contrario.
CE3.2 Indicar cómo el auditor debe evaluar la fiabilidad de los datos que se
emplean para realizar pruebas de auditoría, aplicando la normativa de auditaría.
CE3.3 En un supuesto práctico de revisión de un área dada de auditoría de una
entidad en el que se ofrezca determinada información sobre el sector y la propia
entidad:
– Generar una expectativa, mediante la aplicación de técnicas de conocimiento
de la entidad, el sector, el país, actividad económica, entre otras.
– Obtener variaciones, porcentajes, ratios y cualesquiera otros indicadores
mediante, la aplicación de fórmulas matemáticas.
– Concluir sobre la evolución de los datos, comparando la expectativa con la
realidad.
CE3.4 En un supuesto práctico de revisión de un área dada de auditoría de una
entidad en el que se indique que documentación se emplea para registrar los saldos
y transacciones:
– Indicar las verificaciones que puede realizar el auditor sobre dicha
documentación, para concluir acerca de que el registro de la transacción es conforme
a la normativa contable, mediante la aplicación de procedimientos de comprobación.
– Concluir el trabajo realizado, documentándolo en un memorándum o similar.
CE3.5 En un supuesto práctico de diferencias encontradas -ajustes por errores
u omisiones– por el auditor con respecto a los datos registrados contablemente en
una entidad auditada:
– Indicar cuáles de esas diferencias deberían de ser consideradas en el informe
de auditoría, teniendo en cuenta la norma técnica de importancia relativa.
C4: Aplicar técnicas de confirmación de saldos de terceros -circularización-, siguiendo
las instrucciones del auditor.
CE4.1 En un supuesto práctico de selección de terceros a circularizar de una
entidad a auditar:
– Determinar la fuente de selección de los terceros a circularizar, a partir de la
documentación suministrada.
– Determinar el tamaño de la muestra a circularizar, considerando el criterio de
riesgo que haya establecido el auditor.
cve: BOE-A-2024-20000
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 121803
C3: Aplicar procedimientos de auditoría para responder al riesgo, cumpliendo con lo
previsto en un programa de auditoría.
CE3.1 Explicar que estrategias de auditoría puede seguir un auditor tanto en el
caso de que decida confiar en el control interno de una entidad a auditar, como en
caso contrario.
CE3.2 Indicar cómo el auditor debe evaluar la fiabilidad de los datos que se
emplean para realizar pruebas de auditoría, aplicando la normativa de auditaría.
CE3.3 En un supuesto práctico de revisión de un área dada de auditoría de una
entidad en el que se ofrezca determinada información sobre el sector y la propia
entidad:
– Generar una expectativa, mediante la aplicación de técnicas de conocimiento
de la entidad, el sector, el país, actividad económica, entre otras.
– Obtener variaciones, porcentajes, ratios y cualesquiera otros indicadores
mediante, la aplicación de fórmulas matemáticas.
– Concluir sobre la evolución de los datos, comparando la expectativa con la
realidad.
CE3.4 En un supuesto práctico de revisión de un área dada de auditoría de una
entidad en el que se indique que documentación se emplea para registrar los saldos
y transacciones:
– Indicar las verificaciones que puede realizar el auditor sobre dicha
documentación, para concluir acerca de que el registro de la transacción es conforme
a la normativa contable, mediante la aplicación de procedimientos de comprobación.
– Concluir el trabajo realizado, documentándolo en un memorándum o similar.
CE3.5 En un supuesto práctico de diferencias encontradas -ajustes por errores
u omisiones– por el auditor con respecto a los datos registrados contablemente en
una entidad auditada:
– Indicar cuáles de esas diferencias deberían de ser consideradas en el informe
de auditoría, teniendo en cuenta la norma técnica de importancia relativa.
C4: Aplicar técnicas de confirmación de saldos de terceros -circularización-, siguiendo
las instrucciones del auditor.
CE4.1 En un supuesto práctico de selección de terceros a circularizar de una
entidad a auditar:
– Determinar la fuente de selección de los terceros a circularizar, a partir de la
documentación suministrada.
– Determinar el tamaño de la muestra a circularizar, considerando el criterio de
riesgo que haya establecido el auditor.
cve: BOE-A-2024-20000
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240