I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20000)
Real Decreto 914/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de diversas familias profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 121824
Información utilizada o generada:
Información sobre descripción de perfiles de puestos de trabajo. Información sobre los
objetivos de crecimiento de la empresa. Convenio Colectivo. Normativa laboral. Bases de
datos de personal. Conexión a Internet y a las páginas web de la administración pública
competente en estas materias: Hacienda, Seguridad Social, INSHT, SEPE, organismos
autónomos en su ámbito de competencia. Consejo Regulador de Relaciones Laborales.
Manuales y protocolos relativos a comunicación interna y de promoción. Procedimientos
laborales relativos a conflictos. Procedimientos de comunicación vía Internet y/o Intranet.
Procedimientos de mantenimiento y gestión de la información. Procedimientos de uso de
firma electrónica. Normas certificadas ISO que pueden afectar a las relaciones humanas.
Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Plan sobre
prevención de riesgos laborales de la empresa. Informes de calidad. Informes de viabilidad.
Normativa medioambiental.
UNIDAD DE COMPETENCIA 3: ADMINISTRAR
ALMACENAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
LOS
SISTEMAS
DE
Nivel: 3
Código: UC0987_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Gestionar la información almacenada en sistemas de archivos (en soporte papel
e informatizados), con la finalidad de satisfacer las necesidades de gestión, asegurando
la optimización del uso de los recursos, de acuerdo con las directrices recibidas, los
procedimientos administrativos establecidos en la organización y la normativa aplicable
sobre gestión de datos.
CR1.1 Las medidas de seguridad sobre los datos, tal como copias de seguridad
y control de acceso, se verifica que se aplican, previa identificación del nivel de
protección que necesitan (básico, medio, alto).
CR1.2 Los criterios y plazos de transferencia entre los archivos (de oficina,
de gestión, intermedio, histórico, entre otros) se establecen de acuerdo con la
vigencia legal de los documentos, los periodos de tramitación de procedimientos
administrativos, entre otros.
CR1.4 Los archivos de gestión en soporte papel se organizan, clasificando los
documentos en función de su contenido e identificando su frecuencia de uso y los
criterios establecidos en el manual de archivo.
CR1.5 Los sistemas de archivo informáticos se organizan, utilizando estructuras
en árbol de forma homogénea y dinámica, nombres significativos y sistemas de
clasificación adecuados a su contenido, permitiendo la generación de inventarios de
manera dinámica.
cve: BOE-A-2024-20000
Verificable en https://www.boe.es
CR1.3 El manual de archivo se actualiza, expresando la normativa del archivo
en cuestión: criterios de clasificación y alfabetización, procedimientos de solicitud
y préstamo de la información, restricciones de acceso y plazos de conservación o
destrucción, entre otros.
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 121824
Información utilizada o generada:
Información sobre descripción de perfiles de puestos de trabajo. Información sobre los
objetivos de crecimiento de la empresa. Convenio Colectivo. Normativa laboral. Bases de
datos de personal. Conexión a Internet y a las páginas web de la administración pública
competente en estas materias: Hacienda, Seguridad Social, INSHT, SEPE, organismos
autónomos en su ámbito de competencia. Consejo Regulador de Relaciones Laborales.
Manuales y protocolos relativos a comunicación interna y de promoción. Procedimientos
laborales relativos a conflictos. Procedimientos de comunicación vía Internet y/o Intranet.
Procedimientos de mantenimiento y gestión de la información. Procedimientos de uso de
firma electrónica. Normas certificadas ISO que pueden afectar a las relaciones humanas.
Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Plan sobre
prevención de riesgos laborales de la empresa. Informes de calidad. Informes de viabilidad.
Normativa medioambiental.
UNIDAD DE COMPETENCIA 3: ADMINISTRAR
ALMACENAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
LOS
SISTEMAS
DE
Nivel: 3
Código: UC0987_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Gestionar la información almacenada en sistemas de archivos (en soporte papel
e informatizados), con la finalidad de satisfacer las necesidades de gestión, asegurando
la optimización del uso de los recursos, de acuerdo con las directrices recibidas, los
procedimientos administrativos establecidos en la organización y la normativa aplicable
sobre gestión de datos.
CR1.1 Las medidas de seguridad sobre los datos, tal como copias de seguridad
y control de acceso, se verifica que se aplican, previa identificación del nivel de
protección que necesitan (básico, medio, alto).
CR1.2 Los criterios y plazos de transferencia entre los archivos (de oficina,
de gestión, intermedio, histórico, entre otros) se establecen de acuerdo con la
vigencia legal de los documentos, los periodos de tramitación de procedimientos
administrativos, entre otros.
CR1.4 Los archivos de gestión en soporte papel se organizan, clasificando los
documentos en función de su contenido e identificando su frecuencia de uso y los
criterios establecidos en el manual de archivo.
CR1.5 Los sistemas de archivo informáticos se organizan, utilizando estructuras
en árbol de forma homogénea y dinámica, nombres significativos y sistemas de
clasificación adecuados a su contenido, permitiendo la generación de inventarios de
manera dinámica.
cve: BOE-A-2024-20000
Verificable en https://www.boe.es
CR1.3 El manual de archivo se actualiza, expresando la normativa del archivo
en cuestión: criterios de clasificación y alfabetización, procedimientos de solicitud
y préstamo de la información, restricciones de acceso y plazos de conservación o
destrucción, entre otros.