II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19957)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la categoría de Titulado/a Superior, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 121340

– Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, que deberán aportar resolución
administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.
– Las víctimas de violencia de género, según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero y
Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral
contra la Violencia de Género, que deberán aportar la resolución judicial otorgando la
orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a
favor de la víctima, o cualquier otra en la que el órgano judicial estime la existencia de
cualquiera de los delitos o faltas que constituyen el objeto de la citada Ley Orgánica.
Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio
Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de la
violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial
equivalente.
– Las familias numerosas: el 100 % de exención a las de categoría especial y
al 50 % a las de categoría general. Deberán adjuntar el título vigente acreditativo de tal
condición, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
– Las personas desempleadas que figuren como demandantes de empleo durante el
plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», acreditado por el correspondiente certificado
emitido por el Servicio de Empleo correspondiente.
Procederá la devolución de los derechos de participación, previa solicitud de la
persona interesada, en los supuestos de exclusión por causas no imputables a la misma
o cuando se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La
devolución se efectuará una vez culminado el proceso selectivo.
3.4 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la
Universidad de Huelva (C/ Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, planta baja, 21071,
Huelva), en el Registro General Auxiliar (Campus del Carmen), a través del Registro
Telemático (https://sede.uhu.es/) o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía», y se dirigirán a la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva. Las
solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre
abierto, para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser
certificadas.
3.5 En el plazo indicado en el apartado anterior se acompañarán a la solicitud los
siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los nacionales de otros
Estados deberán presentar fotocopia del Pasaporte y/o del Número de Identidad
Extranjero en los que se acredite su nacionalidad, y en su caso, de la documentación
que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en
los términos establecidos en la base segunda, apartado 1 de la presente convocatoria.
b) Fotocopia del título académico exigido para el ingreso u otro documento oficial
acreditativo de su posesión. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse fotocopia de la correspondiente credencial de homologación.
c) Acreditación de nivel de idioma exigido en la lengua/s de la/s plaza/s a la/s que
se opta.
d) Justificante acreditativo del abono de la tasa por derechos de participación o
certificación oficial acreditativa, en vigor, de la situación de exención de las tasas.
e) Copia de la documentación acreditativa de los méritos que se quieran hacer valer.
3.6 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de las mismas, en su caso, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días

cve: BOE-A-2024-19957
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Núm. 239