III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-19994)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica la Adenda al Convenio con la agrupación de entidades formada por la Universidad Complutense de Madrid, la Fundación Hay Derecho, la Universidad de León, la Fundación Salvador Soler (Political Watch) y Fundación Haz, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos de participación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239

Jueves 3 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 121685

Octava. Modificación de la referencia al convenio en el título del anexo.
Como consecuencia de la salida del convenio de dos de las entidades inicialmente
participantes en el mismo, todas las referencias al convenio se deben entender de la
siguiente manera:
«ANEXO AL CONVENIO: ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL RELATIVO AL “CONVENIO ENTRE
LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, M.P., Y LA AGRUPACIÓN
DE ENTIDADES FORMADA POR LA FUNDACIÓN HAY DERECHO,
LA FUNDACIÓN SALVADOR SOLER (POLITICAL WATCH)
Y LA FUNDACIÓN HAZ, PARA IMPULSAR LA IMPLEMENTACIÓN
DE LA CARTA DE DERECHOS DIGITALES EN EL ÁMBITO DE
LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN”»
Novena.

Modificación del «REUNIDOS» del anexo al convenio.

Se eliminan la «Universidad Complutense de Madrid» y la «Universidad de León»
como «Responsables del Tratamiento» o «Entidades Solicitantes», permaneciendo en el
mismo: la «Fundación Hay Derecho», la «Fundación Salvador Soler (Political Watch)» y
la «Fundación Haz (Ethosfera)».
Décima.

Modificación de la cláusula 2 del anexo al convenio.

Se modifica la cláusula segunda del anexo al convenio «Identificación de la
Información Afectada» que queda redactada de la siguiente forma:
«Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto del
presente encargo, la Entidad Solicitante, pondrá a disposición del Encargado la
información necesaria para la realización de las actividades referenciadas en el
apartado 1.1, siendo habitualmente datos identificativos de integrantes de la comunidad
universitaria, colaboradores y expertos, asistentes a eventos o jornadas, personas y
ciudadanos interesados relacionados con las actividades de tratamiento declaradas en:
– https://www.hayderecho.com/politica-de-privacidad/de la Fundación Hay
Derecho como Entidad Solicitante.
– https://politicalwatch.es/politica-de-privacidad/de Political Watch como
Entidad Solicitante.
– https://www.hazfundacion.org/de Fundación Haz como Entidad Solicitante.»
Undécima.

Modificación de la cláusula 4.8 del anexo al convenio.

Se modifica la cláusula cuarta, apartado ocho de anexo al convenio «Derechos del
interesado» que queda redactada de la siguiente forma:

– Fundación Hay Derecho.
Calle Orense 11. 2L – 28020 Madrid.
Contacto para la Oficina de Protección de Datos: info@hayderecho.com.
– Political Watch.
Fundación Salvador Soler.
Avenida Cardenal Herrera Oria 63, 3.º izq. 28034 Madrid.
Teléfono: 691 691 810.
Email: coordinacion@unmundosalvadorsoler.org.

cve: BOE-A-2024-19994
Verificable en https://www.boe.es

«Cuando las personas afectadas ejerzan estos derechos ante el Encargado,
este debe comunicarlo por correo electrónico al Delegado de Protección de Datos
de las Entidades Solicitantes: