III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-19994)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica la Adenda al Convenio con la agrupación de entidades formada por la Universidad Complutense de Madrid, la Fundación Hay Derecho, la Universidad de León, la Fundación Salvador Soler (Political Watch) y Fundación Haz, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos de participación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121684
La justificación de las actuaciones descritas en la cláusula segunda se
desarrollará según la siguiente previsión anual:
Anualidad
Gasto previsto
–
Euros
2024.
175.750
2025.
650.800
2026.
188.950
Total gasto.
1.015.500
Las inversiones anuales no ejecutadas en el año previsto se podrán pasar a la
anualidad siguiente con la aprobación de la Comisión de Seguimiento
contemplada en la cláusula séptima.
Cada una de las Partes presentarán como mínimo anualmente, en el seno
de la Comisión de Seguimiento, una certificación de la inversión emitida por
persona con competencia en la materia, Director Financiero o similar, que irá
acompañada de:
– Una memoria técnica descriptiva de las inversiones realizadas con todos los
hitos conseguidos y avances realizados.
– Una memoria económica, acompañada de cuenta justificativa alineada con
la memoria técnica con la relación detallada de los gastos totales imputados al
convenio. Esta memoria económica vendrá acompañada de la documentación
soporte con las evidencias de todos los gastos incurridos y con el soporte de las
facturas abonadas, notas de cargo, y demás documentos probatorios soporte de
dicha memoria. En consecuencia, una vez justificado el avance del proyecto y
aprobados los documentos descritos en el seno de la Comisión de Seguimiento,
Red.es procederá a transferir los fondos correspondientes, con una periodicidad
no inferior al trimestre.
Adicionalmente, en cada reunión de la Comisión de Seguimiento, las Partes
presentarán, en el seno de la Comisión de Seguimiento, el estado de ejecución del
proyecto, a través de una memoria técnica y económica. La justificación de gastos
se irá presentando según acuerdo de la Comisión de Seguimiento.
La justificación de los gastos a cargo del presente convenio se realizará sobre
la base de las facturas abonadas, notas de cargo y demás documentos
probatorios que constituyen el soporte documental de los gastos incurridos por el
Grupo de Entidades. Todo el soporte documental de los gastos incurridos, así
como el desglose de estos se presentará a la Comisión de Seguimiento para su
valoración y aprobación. Una vez aprobados por la Comisión de Seguimiento
dichos gastos, se realizará, en los casos que proceda, la transferencia de fondos
de Red.es al Grupo de Entidades, con una periodicidad no inferior al trimestre.
Así mismo, al final de la ejecución del proyecto se llevará a cabo una
liquidación del mismo. En el caso que las cuantías transferidas fueran superiores
al gasto que asumen las Partes, las Entidades del Grupo harán la correspondiente
devolución a Red.es.
La ejecución de las inversiones estará sujeta en todo caso a la disponibilidad
presupuestaria de las Partes.»
cve: BOE-A-2024-19994
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121684
La justificación de las actuaciones descritas en la cláusula segunda se
desarrollará según la siguiente previsión anual:
Anualidad
Gasto previsto
–
Euros
2024.
175.750
2025.
650.800
2026.
188.950
Total gasto.
1.015.500
Las inversiones anuales no ejecutadas en el año previsto se podrán pasar a la
anualidad siguiente con la aprobación de la Comisión de Seguimiento
contemplada en la cláusula séptima.
Cada una de las Partes presentarán como mínimo anualmente, en el seno
de la Comisión de Seguimiento, una certificación de la inversión emitida por
persona con competencia en la materia, Director Financiero o similar, que irá
acompañada de:
– Una memoria técnica descriptiva de las inversiones realizadas con todos los
hitos conseguidos y avances realizados.
– Una memoria económica, acompañada de cuenta justificativa alineada con
la memoria técnica con la relación detallada de los gastos totales imputados al
convenio. Esta memoria económica vendrá acompañada de la documentación
soporte con las evidencias de todos los gastos incurridos y con el soporte de las
facturas abonadas, notas de cargo, y demás documentos probatorios soporte de
dicha memoria. En consecuencia, una vez justificado el avance del proyecto y
aprobados los documentos descritos en el seno de la Comisión de Seguimiento,
Red.es procederá a transferir los fondos correspondientes, con una periodicidad
no inferior al trimestre.
Adicionalmente, en cada reunión de la Comisión de Seguimiento, las Partes
presentarán, en el seno de la Comisión de Seguimiento, el estado de ejecución del
proyecto, a través de una memoria técnica y económica. La justificación de gastos
se irá presentando según acuerdo de la Comisión de Seguimiento.
La justificación de los gastos a cargo del presente convenio se realizará sobre
la base de las facturas abonadas, notas de cargo y demás documentos
probatorios que constituyen el soporte documental de los gastos incurridos por el
Grupo de Entidades. Todo el soporte documental de los gastos incurridos, así
como el desglose de estos se presentará a la Comisión de Seguimiento para su
valoración y aprobación. Una vez aprobados por la Comisión de Seguimiento
dichos gastos, se realizará, en los casos que proceda, la transferencia de fondos
de Red.es al Grupo de Entidades, con una periodicidad no inferior al trimestre.
Así mismo, al final de la ejecución del proyecto se llevará a cabo una
liquidación del mismo. En el caso que las cuantías transferidas fueran superiores
al gasto que asumen las Partes, las Entidades del Grupo harán la correspondiente
devolución a Red.es.
La ejecución de las inversiones estará sujeta en todo caso a la disponibilidad
presupuestaria de las Partes.»
cve: BOE-A-2024-19994
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239