III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-19986)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica II Convenio colectivo del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239

Jueves 3 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 121589

Entrada flexible entre las 8,30h y las 9,00h.
1 DÍA TELETRABAJO
HORARIO INVIERNO
16/09 al 15/06

Descanso comida entre 30 minutos y una hora, en la franja horaria de 14,00h a 16,00.
Salida flexible entre las 17,00h y las 18,00h en función de la hora de entrada y el tiempo de
comida.
Hasta completar las 8h diarias de la jornada laboral.
Entrada flexible entre las 8,30h y las 9,00h de forma presencial.

2 TARDES TELETRABAJO

HORARIO VERANO
16/06 al 15/09

Salida flexible entre las 14,00h y las 14,30h
Entrada/salida después de comida y transporte en modalidad de teletrabajo flexible, hasta
completar las 8h diarias de la jornada laboral.
Entrada flexible entre las 8,00 y las 8,30h.

1 DÍA TELETRABAJO

Salida flexible entre las 14,30 y las 15,00h en función de la hora de entrada.
Hasta completar las 6,5h de la jornada laboral.

– En las semanas que se correspondan con los turnos de Semana Santa y Navidad,
no se realizará teletrabajo, dado que son turnos en los que los departamentos suelen
quedarse con la mitad de la plantilla.
– En los periodos de vacaciones, se ajustarán los días de teletrabajo, garantizando
el servicio de forma presencial en todas las direcciones. Por lo que al igual que en el
anterior punto, no se podrá realizar teletrabajo, mientras el trabajador/a con el que se
solape se encuentre disfrutando de su turno de vacaciones. (los solapes serán fijados y
coordinados por la Dirección)
– Los/as trabajadores/as con reducción de jornada por guarda legal o contrato a
tiempo parcial, tendrán la opción de teletrabajo en la misma proporción dentro de su
horario reducido pactado.
3.3

Responsabilidad del personal laboral en modalidad de teletrabajo.

El personal que se acoja a esta modalidad tiene la responsabilidad de:
1. Estar disponible en el horario que corresponda según periodo del año y según
contrato, por todas las vías posibles:
a. Teléfono directo (aplicación de «Conecta» instalado en móvil u ordenador).
b. Correo electrónico.
c. Instalación de Zoom/Team, para realizar reuniones y comunicaciones.
2. Realizar los fichajes de igual manera que se realiza en los terminales físicos
cuando el trabajo se realiza presencial en el centro de trabajo. Se realizarán los fichajes
de entrada y salida a través del VTPortal con las claves de acceso personales y la
justificación TELETRABAJO. Cualquier justificación/incidencia que se diera en el proceso
de fichaje en la modalidad de trabajo a distancia, se procederá de la misma manera,
únicamente cambiando el sistema de fichaje físico por el del portal.

Madrid, a ..... de ......................... de 202...
D./Dña. ................................................................, solicito acogerme a la opción de
trabajo a distancia según lo previsto en el II Convenio Colectivo del Colegio de
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
El horario fijado para la realización del trabajo en dicha modalidad, será de acuerdo
con las condiciones pactadas en dicho acuerdo (un día completo o dos tardes) y en
función de la organización de la dirección a la que pertenezco. Quedará fijado en un
plazo no superior a quince días de la recepción de la presente petición

cve: BOE-A-2024-19986
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO II.1