III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2024-19987)
Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso de la infraestructura verde, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121592
diversos ecosistemas terrestres, costeros y de agua dulce, forestales, agrícolas y
urbanos, incluidos los humedales, los pastizales, los bosques, los ríos y los lagos, así
como ecosistemas marinos, estableciendo diferentes requisitos para cada ecosistema
con el fin de prevenir su deterioro, mejorar su estado de conservación, incrementar su
biodiversidad, mantener las funciones y servicios que prestan y establecer una
conectividad ecológica.
Con ello se contribuirá a la consecución de los objetivos generales de la Unión en
materia de conservación de hábitats y especies, a la mitigación y adaptación al cambio
climático, a la neutralidad en la degradación de las tierras, a la mejora de la seguridad
alimentaria, así como al cumplimiento de los compromisos internacionales de la Unión.
En el ámbito de la orientación de la economía hacia un uso mayor y más sostenible
de los recursos naturales, la Comisión Europea aprobó en 2012 la Estrategia Europea de
Bioeconomía que fue actualizada en 2018, incluyendo un Plan de Acción para su
desarrollo al servicio de la sociedad y el medio ambiente.
Entre los compromisos internacionales, se contempla, en el Marco Global de
Biodiversidad Kunming-Montreal, el objetivo de lograr que, para 2030, al menos un 30
por ciento de los ecosistemas degradados terrestres, acuáticos, costeros y marinos
estén siendo objeto de una restauración efectiva, con el fin de mejorar su biodiversidad y
su funcionamiento.
III
Para garantizar la conectividad ecológica y la restauración del territorio español, tal
como establece la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad, se ha elaborado una Estrategia estatal de infraestructura verde y de la
conectividad y restauración ecológicas. De la misma forma, en la línea de actuación
prioritaria relativa a la protección y conservación de la naturaleza del Real
Decreto 1057/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan estratégico estatal
del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030, en aplicación de la Ley 42/2007,
de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se incluye como
medida para asegurar la funcionalidad de la biodiversidad del territorio terrestre y marino
a largo plazo, la identificación de los elementos del territorio que aporten valor actual o
potencial desde el punto de vista de la infraestructura verde, es decir, zonas de especial
importancia para la provisión de servicios de los ecosistemas, mantenimiento de la
biodiversidad y conectividad ecológica.
Entre las metas incluidas en la Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la
Conectividad y Restauración Ecológicas, aprobada en julio de 2021, figuran la
identificación de los elementos de la infraestructura verde, la reducción de los efectos de
la fragmentación y de la pérdida de conectividad ecológica, la restauración de hábitats y
ecosistemas, el mantenimiento de los servicios ecosistémicos y la mejora de la
resiliencia. Su ámbito de actuación es global ya que integra espacios terrestres, fluviales,
litorales, marinos y urbanos.
A nivel nacional, el principal instrumento de desarrollo de la bioeconomía es la
Estrategia española de Bioeconomía: Horizonte 2030, publicada en el año 2015, cuyo
objetivo es impulsar la producción y comercialización de alimentos y productos
forestales, entre otros, que impliquen, a su vez, la conservación de los recursos
naturales.
IV
La Fundación Biodiversidad, F.S.P., es una fundación del sector público adscrita al
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en adelante MITECO, de
las previstas en el artículo 84.1.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, constituida en escritura pública de 22 de diciembre de 1998,
cve: BOE-A-2024-19987
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121592
diversos ecosistemas terrestres, costeros y de agua dulce, forestales, agrícolas y
urbanos, incluidos los humedales, los pastizales, los bosques, los ríos y los lagos, así
como ecosistemas marinos, estableciendo diferentes requisitos para cada ecosistema
con el fin de prevenir su deterioro, mejorar su estado de conservación, incrementar su
biodiversidad, mantener las funciones y servicios que prestan y establecer una
conectividad ecológica.
Con ello se contribuirá a la consecución de los objetivos generales de la Unión en
materia de conservación de hábitats y especies, a la mitigación y adaptación al cambio
climático, a la neutralidad en la degradación de las tierras, a la mejora de la seguridad
alimentaria, así como al cumplimiento de los compromisos internacionales de la Unión.
En el ámbito de la orientación de la economía hacia un uso mayor y más sostenible
de los recursos naturales, la Comisión Europea aprobó en 2012 la Estrategia Europea de
Bioeconomía que fue actualizada en 2018, incluyendo un Plan de Acción para su
desarrollo al servicio de la sociedad y el medio ambiente.
Entre los compromisos internacionales, se contempla, en el Marco Global de
Biodiversidad Kunming-Montreal, el objetivo de lograr que, para 2030, al menos un 30
por ciento de los ecosistemas degradados terrestres, acuáticos, costeros y marinos
estén siendo objeto de una restauración efectiva, con el fin de mejorar su biodiversidad y
su funcionamiento.
III
Para garantizar la conectividad ecológica y la restauración del territorio español, tal
como establece la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad, se ha elaborado una Estrategia estatal de infraestructura verde y de la
conectividad y restauración ecológicas. De la misma forma, en la línea de actuación
prioritaria relativa a la protección y conservación de la naturaleza del Real
Decreto 1057/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan estratégico estatal
del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030, en aplicación de la Ley 42/2007,
de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se incluye como
medida para asegurar la funcionalidad de la biodiversidad del territorio terrestre y marino
a largo plazo, la identificación de los elementos del territorio que aporten valor actual o
potencial desde el punto de vista de la infraestructura verde, es decir, zonas de especial
importancia para la provisión de servicios de los ecosistemas, mantenimiento de la
biodiversidad y conectividad ecológica.
Entre las metas incluidas en la Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la
Conectividad y Restauración Ecológicas, aprobada en julio de 2021, figuran la
identificación de los elementos de la infraestructura verde, la reducción de los efectos de
la fragmentación y de la pérdida de conectividad ecológica, la restauración de hábitats y
ecosistemas, el mantenimiento de los servicios ecosistémicos y la mejora de la
resiliencia. Su ámbito de actuación es global ya que integra espacios terrestres, fluviales,
litorales, marinos y urbanos.
A nivel nacional, el principal instrumento de desarrollo de la bioeconomía es la
Estrategia española de Bioeconomía: Horizonte 2030, publicada en el año 2015, cuyo
objetivo es impulsar la producción y comercialización de alimentos y productos
forestales, entre otros, que impliquen, a su vez, la conservación de los recursos
naturales.
IV
La Fundación Biodiversidad, F.S.P., es una fundación del sector público adscrita al
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en adelante MITECO, de
las previstas en el artículo 84.1.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, constituida en escritura pública de 22 de diciembre de 1998,
cve: BOE-A-2024-19987
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239