III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19882)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación de Generación Hidroeléctrica de Bombeo José María de Oriol II, de 440 MW, en Alcántara (Cáceres)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121052
pertinente consulta transfronteriza. El informe de la República Portuguesa tiene entrada
en esta Dirección General con fecha 10 de julio de 2024.
Con posterioridad, se traslada el citado informe al promotor, con el fin de que dé
respuesta a las cuestiones planteadas. Recibida la contestación del promotor, se integra
en el expediente y, con fecha 29 de julio de 2024, se remite para conocimiento de la
República Portuguesa. Completado el expediente, se procede al análisis técnico y la
formulación de la presente resolución.
3.
Análisis técnico del expediente.
a.
Análisis de alternativas.
La localización de los embalses y sus infraestructuras asociadas es determinante en
la ubicación general de las instalaciones, limitando las posibles alternativas de
emplazamiento para el proyecto. No obstante, se han tenido en cuenta condicionantes
ambientales como la protección del patrimonio cultural y la minimización de los impactos
sobre los espacios protegidos, condicionantes topográficos y geológicos de la zona, así
como los aspectos técnicos del aprovechamiento actual.
Se estudian dos opciones para el diseño del circuito hidráulico. La alternativa 1
consiste en un circuito subterráneo con una central excavada en doble pozo; la
alternativa 2 difiere en que la central es parcialmente exterior y el túnel de aducción
sigue un trazado menos profundo y con una pendiente longitudinal más suave. El
promotor, tras un análisis cuantitativo y cualitativo, selecciona la alternativa 1 al presentar
un menor impacto en la ocupación de suelos y superficie vegetal, así como una menor
perturbación paisajística.
Se presentan dos alternativas para la línea de evacuación, ambas de tipología aérea,
la alternativa A con 817 m de longitud y 5 apoyos; y la alternativa B con 768 m de
longitud y 4 apoyos. El EsIA selecciona la alternativa A debido al menor número de
árboles afectados, mayor distancia a las viviendas y menor riesgo para la avifauna. Sin
embargo, debido al contenido de los informes recibidos durante el trámite de consultas a
las Administraciones Públicas afectadas, que sugieren evaluar una alternativa soterrada,
el promotor selecciona finalmente la denominada «alternativa C» soterrada con una
longitud aproximada de 779 m para el G-6 y 734 m para el G-5, ambas líneas eléctricas
en la misma zanja que tendrá una longitud de 867 m. Con esta nueva alternativa
seleccionada se reducirá la afección a la vegetación, el paisaje y el riesgo de colisión y
electrocución para la avifauna.
El EsIA propone inicialmente cuatro ubicaciones, n.º 1, 2, 3 y 4, para las
escombreras que albergarán los excedentes de tierra generados por el proyecto.
Posteriormente, siguiendo las indicaciones de la Dirección General de Sostenibilidad de
la Junta de Extremadura, con el fin de disminuir los impactos que provocarían las
ubicaciones n.º 3 y n.º 4, que afectarían a un considerable número de encinas, se
evalúan en su lugar las dos nuevas alternativas A2 y G. Tras un análisis detallado
realizado por el promotor, se considera mejor la alternativa G debido a su menor afección
a montes de utilidad pública (MUP) y zonas con hábitat inventariado. Por tanto, las
ubicaciones finalmente proyectadas para las escombreras son la n.º 1, n.º 2 y G.
b.1
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Suelo, subsuelo, geodiversidad.
Para elaborar el estudio geológico y geotécnico de la zona de actuación, el promotor
realiza reconocimientos geológicos superficiales y prospecciones geofísicas, permitiendo
descartar la presencia de elementos geológicos relevantes e identificar varias zonas con
vertido de materiales procedentes de la presa existente. Por otra parte, las bases de
datos de Lugares de Interés Geológico del Instituto Geológico y Minero de España
(IGME) no identifican ningún Lugar de interés geológico (LIG) en el ámbito considerado.
cve: BOE-A-2024-19882
Verificable en https://www.boe.es
b.
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121052
pertinente consulta transfronteriza. El informe de la República Portuguesa tiene entrada
en esta Dirección General con fecha 10 de julio de 2024.
Con posterioridad, se traslada el citado informe al promotor, con el fin de que dé
respuesta a las cuestiones planteadas. Recibida la contestación del promotor, se integra
en el expediente y, con fecha 29 de julio de 2024, se remite para conocimiento de la
República Portuguesa. Completado el expediente, se procede al análisis técnico y la
formulación de la presente resolución.
3.
Análisis técnico del expediente.
a.
Análisis de alternativas.
La localización de los embalses y sus infraestructuras asociadas es determinante en
la ubicación general de las instalaciones, limitando las posibles alternativas de
emplazamiento para el proyecto. No obstante, se han tenido en cuenta condicionantes
ambientales como la protección del patrimonio cultural y la minimización de los impactos
sobre los espacios protegidos, condicionantes topográficos y geológicos de la zona, así
como los aspectos técnicos del aprovechamiento actual.
Se estudian dos opciones para el diseño del circuito hidráulico. La alternativa 1
consiste en un circuito subterráneo con una central excavada en doble pozo; la
alternativa 2 difiere en que la central es parcialmente exterior y el túnel de aducción
sigue un trazado menos profundo y con una pendiente longitudinal más suave. El
promotor, tras un análisis cuantitativo y cualitativo, selecciona la alternativa 1 al presentar
un menor impacto en la ocupación de suelos y superficie vegetal, así como una menor
perturbación paisajística.
Se presentan dos alternativas para la línea de evacuación, ambas de tipología aérea,
la alternativa A con 817 m de longitud y 5 apoyos; y la alternativa B con 768 m de
longitud y 4 apoyos. El EsIA selecciona la alternativa A debido al menor número de
árboles afectados, mayor distancia a las viviendas y menor riesgo para la avifauna. Sin
embargo, debido al contenido de los informes recibidos durante el trámite de consultas a
las Administraciones Públicas afectadas, que sugieren evaluar una alternativa soterrada,
el promotor selecciona finalmente la denominada «alternativa C» soterrada con una
longitud aproximada de 779 m para el G-6 y 734 m para el G-5, ambas líneas eléctricas
en la misma zanja que tendrá una longitud de 867 m. Con esta nueva alternativa
seleccionada se reducirá la afección a la vegetación, el paisaje y el riesgo de colisión y
electrocución para la avifauna.
El EsIA propone inicialmente cuatro ubicaciones, n.º 1, 2, 3 y 4, para las
escombreras que albergarán los excedentes de tierra generados por el proyecto.
Posteriormente, siguiendo las indicaciones de la Dirección General de Sostenibilidad de
la Junta de Extremadura, con el fin de disminuir los impactos que provocarían las
ubicaciones n.º 3 y n.º 4, que afectarían a un considerable número de encinas, se
evalúan en su lugar las dos nuevas alternativas A2 y G. Tras un análisis detallado
realizado por el promotor, se considera mejor la alternativa G debido a su menor afección
a montes de utilidad pública (MUP) y zonas con hábitat inventariado. Por tanto, las
ubicaciones finalmente proyectadas para las escombreras son la n.º 1, n.º 2 y G.
b.1
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Suelo, subsuelo, geodiversidad.
Para elaborar el estudio geológico y geotécnico de la zona de actuación, el promotor
realiza reconocimientos geológicos superficiales y prospecciones geofísicas, permitiendo
descartar la presencia de elementos geológicos relevantes e identificar varias zonas con
vertido de materiales procedentes de la presa existente. Por otra parte, las bases de
datos de Lugares de Interés Geológico del Instituto Geológico y Minero de España
(IGME) no identifican ningún Lugar de interés geológico (LIG) en el ámbito considerado.
cve: BOE-A-2024-19882
Verificable en https://www.boe.es
b.