III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19882)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación de Generación Hidroeléctrica de Bombeo José María de Oriol II, de 440 MW, en Alcántara (Cáceres)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121073
especial precaución en no generar ni acumular residuos orgánicos en la implantación,
especialmente en las inmediaciones de vaguadas y charcas, para evitar la aparición de
ratas (Rattus norvegicus, Rattus rattus), competidoras directas de especies como
Iberomys cabrerae, y que pueden llegar a desplazarlas. La acumulación de este tipo de
residuos deberá concentrarse en los emplazamientos de las zonas de ocupación
permanente y en las plataformas de trabajo establecidas en fase de explotación,
almacenarse adecuadamente, y ser retirados con la frecuencia necesaria.
(15) En las tareas de restauración de la zona ocupada por la escombrera G y del
entorno de la central y de la SE, se utilizarán también plantaciones de pequeños rodales
de Pinus pinea, con el fin de favorecer la generación de sustratos para la nidificación de
rapaces en el entorno.
(16) Se realizará un Plan de restauración y mejora de la Biodiversidad, incluyendo
actuaciones de seguimiento, restauración y compensación, que el promotor presentará
con el proyecto de construcción. Este plan concretará y cuantificará a escala y detalle
apropiados las superficies, localizaciones y descripciones de los trabajos, métodos a
emplear, y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de
todas las actuaciones. Este plan se realizará en coordinación con el organismo
competente en medio ambiente de la Junta de Extremadura.
(17) Con el objeto de compensar la pérdida de biodiversidad se aplicarán las
siguientes medidas:
a) Para compensar las superficies afectadas de hábitats riparios en el Parque
Natural, se realizará un seguimiento específico sobre las formaciones riparias del
embalse de Cedillo durante la fase de obras para determinar los lugares adecuados para
el asentamiento de las plantaciones en campo de dichas formaciones, generando
estructuras en mosaico, con plantas de diferente tamaño, diseñando plantaciones de alta
densidad por bosquetes de entre 50 a 100 plantas. Puesto que estas plantaciones se
realizarán en el en el interior del Parque Natural del Tajo Internacional, la superficie a
reforestar equivaldrá a 3 veces la afectada por el proyecto y la medida deberá ser
consensuada con la administración autonómica con competencia en la gestión del
espacio natural protegido.
b) Para compensar la pérdida de las 88 encinas (Quercus ilex) afectadas por el
proyecto, se procederá a la plantación de al menos 264 individuos arbóreos autóctonos
(compensación 3 a 1) en terrenos ubicados en torno a la ampliación de la SET y que
actualmente carecen de vegetación arbórea. Esta plantación servirá también como
apantallamiento. Como alternativa, el promotor propone el desarrollo de las plantaciones
dentro de la delimitación del MUP Los Cabezos, también afectado por la Escombrera G,
en terrenos no coincidentes con la propia escombrera, ya que el proyecto contempla
igualmente su restauración. No obstante, las especies a utilizar, la ubicación de la
compensación y el número definitivo de pies deberán ser consensuados con el órgano
autonómico competente.
(18) Se programarán las distintas actividades del proyecto, de forma que se
minimice la afección sobre la fauna amenazada. El calendario definitivo de las
actuaciones se acordará con el organismo autonómico competente en protección y
conservación de áreas y especies protegidas. Se prestará especial atención a las fechas
de construcción/retirada de las ataguías y tomas de agua, y de la realización de
voladuras.
(19) Antes del inicio de las obras, el promotor establecerá un protocolo de
actuación sobre las plataformas de nidificación de especies amenazadas de acuerdo con
cve: BOE-A-2024-19882
Verificable en https://www.boe.es
Fauna.
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121073
especial precaución en no generar ni acumular residuos orgánicos en la implantación,
especialmente en las inmediaciones de vaguadas y charcas, para evitar la aparición de
ratas (Rattus norvegicus, Rattus rattus), competidoras directas de especies como
Iberomys cabrerae, y que pueden llegar a desplazarlas. La acumulación de este tipo de
residuos deberá concentrarse en los emplazamientos de las zonas de ocupación
permanente y en las plataformas de trabajo establecidas en fase de explotación,
almacenarse adecuadamente, y ser retirados con la frecuencia necesaria.
(15) En las tareas de restauración de la zona ocupada por la escombrera G y del
entorno de la central y de la SE, se utilizarán también plantaciones de pequeños rodales
de Pinus pinea, con el fin de favorecer la generación de sustratos para la nidificación de
rapaces en el entorno.
(16) Se realizará un Plan de restauración y mejora de la Biodiversidad, incluyendo
actuaciones de seguimiento, restauración y compensación, que el promotor presentará
con el proyecto de construcción. Este plan concretará y cuantificará a escala y detalle
apropiados las superficies, localizaciones y descripciones de los trabajos, métodos a
emplear, y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de
todas las actuaciones. Este plan se realizará en coordinación con el organismo
competente en medio ambiente de la Junta de Extremadura.
(17) Con el objeto de compensar la pérdida de biodiversidad se aplicarán las
siguientes medidas:
a) Para compensar las superficies afectadas de hábitats riparios en el Parque
Natural, se realizará un seguimiento específico sobre las formaciones riparias del
embalse de Cedillo durante la fase de obras para determinar los lugares adecuados para
el asentamiento de las plantaciones en campo de dichas formaciones, generando
estructuras en mosaico, con plantas de diferente tamaño, diseñando plantaciones de alta
densidad por bosquetes de entre 50 a 100 plantas. Puesto que estas plantaciones se
realizarán en el en el interior del Parque Natural del Tajo Internacional, la superficie a
reforestar equivaldrá a 3 veces la afectada por el proyecto y la medida deberá ser
consensuada con la administración autonómica con competencia en la gestión del
espacio natural protegido.
b) Para compensar la pérdida de las 88 encinas (Quercus ilex) afectadas por el
proyecto, se procederá a la plantación de al menos 264 individuos arbóreos autóctonos
(compensación 3 a 1) en terrenos ubicados en torno a la ampliación de la SET y que
actualmente carecen de vegetación arbórea. Esta plantación servirá también como
apantallamiento. Como alternativa, el promotor propone el desarrollo de las plantaciones
dentro de la delimitación del MUP Los Cabezos, también afectado por la Escombrera G,
en terrenos no coincidentes con la propia escombrera, ya que el proyecto contempla
igualmente su restauración. No obstante, las especies a utilizar, la ubicación de la
compensación y el número definitivo de pies deberán ser consensuados con el órgano
autonómico competente.
(18) Se programarán las distintas actividades del proyecto, de forma que se
minimice la afección sobre la fauna amenazada. El calendario definitivo de las
actuaciones se acordará con el organismo autonómico competente en protección y
conservación de áreas y especies protegidas. Se prestará especial atención a las fechas
de construcción/retirada de las ataguías y tomas de agua, y de la realización de
voladuras.
(19) Antes del inicio de las obras, el promotor establecerá un protocolo de
actuación sobre las plataformas de nidificación de especies amenazadas de acuerdo con
cve: BOE-A-2024-19882
Verificable en https://www.boe.es
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