I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Subvenciones. (BOE-A-2024-19807)
Real Decreto 998/2024, de 1 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la financiación de inversiones realizadas en los municipios de la comarca del Campo de Gibraltar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120873
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
Real Decreto 998/2024, de 1 de octubre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones para la financiación de inversiones realizadas en los
municipios de la comarca del Campo de Gibraltar.
Los municipios situados en la comarca del Campo de Gibraltar atraviesan una
variada y excepcional problemática debido a su situación geoestratégica como puerta de
Europa hacia el continente africano, su condición de bisagra de los espacios marítimos
mediterráneo y atlántico, y la alta densidad de población de la zona, con 270.000
habitantes, lo que hacen necesario emprender acciones destinadas a lograr diversos
objetivos en la zona, tales como su impulso económico, la mejora de la seguridad o la
realización de inversiones en infraestructuras y servicios públicos.
A tal fin se aprobó un Plan para el Campo de Gibraltar, mediante Acuerdo del Consejo de
Ministros de fecha 16 de noviembre de 2018, que integra diversas actuaciones para dar
respuesta a la singularidad de la comarca, y cuya responsabilidad depende de distintos
departamentos ministeriales. Entre las medidas de dicho plan, está incluida la concesión
directa de subvenciones nominativas a entidades locales para financiar actuaciones
concretas y excepcionales en los municipios de la comarca que lo precisen.
En cumplimiento de dicho plan, y desde su aprobación, se han previsto en las
correspondientes leyes de presupuestos generales del Estado subvenciones nominativas
aprobadas por importe de 7.300.000 euros, para actuaciones en los municipios de la
comarca del Campo de Gibraltar, formalizando los convenios correspondientes con la
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y con los ayuntamientos
afectados, destinadas al sostenimiento financiero de inversiones destinadas a
infraestructuras del ciclo del agua, la adquisición de equipos o la renovación integral del
sistema de gestión del servicio de recogida de residuos, entre otras.
A esta situación geoestratégica excepcional, se añade la situación actual en relación
con las reservas hídricas existentes en el Campo de Gibraltar ante la falta de recursos
hídricos. Por lo que, en este contexto, la necesidad de invertir en la mejora de la
infraestructura asociadas al ciclo del agua y la realización de inversiones que
incrementen el aprovechamiento de los recursos naturales de forma más eficiente se
hace aún más acuciante.
La excepcional situación que atraviesa la comarca del Campo de Gibraltar exige que
sea necesario seguir mejorando los servicios públicos prestados por la citada
Mancomunidad, manteniendo en 2024 el nivel de inversión alcanzado en los últimos años,
lo que justifica la adjudicación directa de estas subvenciones, mediante su aprobación a
través de este real decreto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuya aplicación está avalada
por el interés general, económico y social concurrentes que han quedado descritas.
Las subvenciones reguladas en el presente real decreto se conceden a la
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, que, por su naturaleza y ámbito
de actuación, es la única entidad capacitada para ejecutar las inversiones previstas, lo
que impide la convocatoria pública de este tipo de subvenciones mediante el
procedimiento ordinario de concurrencia competitiva.
El presente real decreto se adecua a los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, como los de necesidad y eficacia, al estar
justificadas por razones de interés general, quedar claramente identificados los fines
perseguidos y resultar el instrumento más adecuado para la consecución de sus
objetivos, por cuanto atienden a necesidades de interés económico y social cual es el
cve: BOE-A-2024-19807
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19807
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120873
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
Real Decreto 998/2024, de 1 de octubre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones para la financiación de inversiones realizadas en los
municipios de la comarca del Campo de Gibraltar.
Los municipios situados en la comarca del Campo de Gibraltar atraviesan una
variada y excepcional problemática debido a su situación geoestratégica como puerta de
Europa hacia el continente africano, su condición de bisagra de los espacios marítimos
mediterráneo y atlántico, y la alta densidad de población de la zona, con 270.000
habitantes, lo que hacen necesario emprender acciones destinadas a lograr diversos
objetivos en la zona, tales como su impulso económico, la mejora de la seguridad o la
realización de inversiones en infraestructuras y servicios públicos.
A tal fin se aprobó un Plan para el Campo de Gibraltar, mediante Acuerdo del Consejo de
Ministros de fecha 16 de noviembre de 2018, que integra diversas actuaciones para dar
respuesta a la singularidad de la comarca, y cuya responsabilidad depende de distintos
departamentos ministeriales. Entre las medidas de dicho plan, está incluida la concesión
directa de subvenciones nominativas a entidades locales para financiar actuaciones
concretas y excepcionales en los municipios de la comarca que lo precisen.
En cumplimiento de dicho plan, y desde su aprobación, se han previsto en las
correspondientes leyes de presupuestos generales del Estado subvenciones nominativas
aprobadas por importe de 7.300.000 euros, para actuaciones en los municipios de la
comarca del Campo de Gibraltar, formalizando los convenios correspondientes con la
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y con los ayuntamientos
afectados, destinadas al sostenimiento financiero de inversiones destinadas a
infraestructuras del ciclo del agua, la adquisición de equipos o la renovación integral del
sistema de gestión del servicio de recogida de residuos, entre otras.
A esta situación geoestratégica excepcional, se añade la situación actual en relación
con las reservas hídricas existentes en el Campo de Gibraltar ante la falta de recursos
hídricos. Por lo que, en este contexto, la necesidad de invertir en la mejora de la
infraestructura asociadas al ciclo del agua y la realización de inversiones que
incrementen el aprovechamiento de los recursos naturales de forma más eficiente se
hace aún más acuciante.
La excepcional situación que atraviesa la comarca del Campo de Gibraltar exige que
sea necesario seguir mejorando los servicios públicos prestados por la citada
Mancomunidad, manteniendo en 2024 el nivel de inversión alcanzado en los últimos años,
lo que justifica la adjudicación directa de estas subvenciones, mediante su aprobación a
través de este real decreto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuya aplicación está avalada
por el interés general, económico y social concurrentes que han quedado descritas.
Las subvenciones reguladas en el presente real decreto se conceden a la
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, que, por su naturaleza y ámbito
de actuación, es la única entidad capacitada para ejecutar las inversiones previstas, lo
que impide la convocatoria pública de este tipo de subvenciones mediante el
procedimiento ordinario de concurrencia competitiva.
El presente real decreto se adecua a los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, como los de necesidad y eficacia, al estar
justificadas por razones de interés general, quedar claramente identificados los fines
perseguidos y resultar el instrumento más adecuado para la consecución de sus
objetivos, por cuanto atienden a necesidades de interés económico y social cual es el
cve: BOE-A-2024-19807
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