II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Administración de Justicia. Concursos. (BOE-A-2024-19843)
Acuerdo de 25 de septiembre de 2024, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca la provisión de puesto de trabajo de Promotor de la Acción Disciplinaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238

Miércoles 2 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 120935

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
19843

Acuerdo de 25 de septiembre de 2024, del Pleno del Consejo General del
Poder Judicial, por el que se convoca la provisión de puesto de trabajo de
Promotor de la Acción Disciplinaria.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del 25 de septiembre
de 2024, ha acordado anunciar a concurso público la plaza de Promotor de la Acción
Disciplinaria, entre magistrados/as del Tribunal Supremo y magistrados/as con más de
veinticinco años de antigüedad en la Carrera Judicial, de conformidad con lo previsto en
el artículo 606.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
La convocatoria se regirá por las siguientes normas:
Primera.
Podrán tomar parte en la misma, magistrados/as del Tribunal Supremo y
magistrados/as con más de veinticinco años de antigüedad en la carrera judicial.
Segunda.
Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se
ajustará al modelo que obra en el anexo II de este acuerdo, a la Excelentísima señora
Presidenta de este Consejo, y a la que podrán acompañar una relación de los méritos y
circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las
instancias deberán presentarse dentro de los quince días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de
alguna de las siguientes maneras:
a) En el Registro General del propio Consejo.
b) En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final
séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional
quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://
registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402, si se dispone del correspondiente
certificado electrónico.

Con la solicitud se acompañará un curriculum vitae, en el que se hará constar los
méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se
refieran a destinos servidos, títulos académicos y publicaciones, acompañando los
documentos justificativos correspondientes.
La documentación se presentará sin grapar y sin encuadernar con el fin de evitar el
posible deterioro de los documentos en el momento de que sean preparados para la
preceptiva digitalización. En caso contrario, y según recoge el acuerdo de la Comisión
Permanente sobre creación del registro electrónico, los documentos podrán ser

cve: BOE-A-2024-19843
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.