III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-19767)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Alicante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Martes 1 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 120550

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
19767

Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General del
Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos Industriales de Alicante.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos Industriales de Alicante, un Convenio de colaboración en materia de
Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 25 de septiembre de 2024.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General del Catastro)
y el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Alicante, en materia
de Gestión Catastral
En Madrid y Alicante, a veinticuatro de septiembre del año dos mil veinticuatro.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Antonio Martínez-Canales Murcia, Decano del Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos Industriales de Alicante, proclamado electo el 8 de enero de 2020,
que ostenta la representación del Colegio, en virtud del artículo 33 de los Estatutos del
Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Alicante, inscritos en el Registro de
colegios profesionales y consejos valencianos de colegios profesionales de la
Comunidad Valenciana por Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Directora General
de Atención a las Víctimas y Acceso a la Justicia, de la Conselleria de Justicia e Interior
de la Generalitat Valenciana (DOGV de 24 de abril).
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que
se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.

cve: BOE-A-2024-19767
Verificable en https://www.boe.es

Primero.