II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19746)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Universidad de Cantabria, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la Escala B.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 120439
– Los miembros de familias numerosas, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
3.3.4
En su caso, el certificado acreditativo indicado en el apartado 3.4.
4. Admisión de las personas aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cantabria dictará resolución en el plazo máximo de tres meses que se publicará en el
«Boletín Oficial de Cantabria» y en la que, además de declarar aprobadas las listas
provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, se recogerá el lugar y la
fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de personas aspirantes
excluidas, con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo
cve: BOE-A-2024-19746
Verificable en https://www.boe.es
3.4 Las personas que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el
impreso y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en
la correspondiente casilla de la solicitud. Con el fin de que el Tribunal puede resolver con
objetividad la solicitud planteada, la persona deberá adjuntar certificado acreditativo del
grado de discapacidad emitido por el órgano técnico de valoración que lo dictaminó.
3.5 Asimismo, las solicitudes podrán presentarse cumplimentado e imprimiendo del
formulario disponible en Sede Electrónica de la Universidad de Cantabria (https://
sede.unican.es/tramites-y-procedimientos) utilizando el procedimiento «Pruebas
selectivas del PTGAS», a la que se adjuntará la documentación requerida en el
apartado 3.3.
3.6 En este caso, la presentación de solicitudes y la documentación requerida se
realizará en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de esta Universidad,
Pabellón de Gobierno, Avda. de los Castros, 54, 39005 Santander, bien directamente, o
a través de las restantes formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán
entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por la persona empleada de
Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado, a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes,
quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo el procedimiento
descrito, se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en la Oficina de
Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Cantabria.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.8 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de
solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza,
salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el
Tribunal.
3.9 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si
una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario
de los sistemas de presentación de solicitudes, y hasta que se solucione el problema, el
órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes
o la cumplimentación y presentación sustitutoria siempre que dicho plazo no hubiera
vencido. Tanto la incidencia técnica acontecida como, en su caso, la ampliación concreta
del plazo no vencido se publicará en la Sede Electrónica de la Universidad de Cantabria.
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 120439
– Los miembros de familias numerosas, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
3.3.4
En su caso, el certificado acreditativo indicado en el apartado 3.4.
4. Admisión de las personas aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cantabria dictará resolución en el plazo máximo de tres meses que se publicará en el
«Boletín Oficial de Cantabria» y en la que, además de declarar aprobadas las listas
provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, se recogerá el lugar y la
fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de personas aspirantes
excluidas, con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo
cve: BOE-A-2024-19746
Verificable en https://www.boe.es
3.4 Las personas que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el
impreso y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en
la correspondiente casilla de la solicitud. Con el fin de que el Tribunal puede resolver con
objetividad la solicitud planteada, la persona deberá adjuntar certificado acreditativo del
grado de discapacidad emitido por el órgano técnico de valoración que lo dictaminó.
3.5 Asimismo, las solicitudes podrán presentarse cumplimentado e imprimiendo del
formulario disponible en Sede Electrónica de la Universidad de Cantabria (https://
sede.unican.es/tramites-y-procedimientos) utilizando el procedimiento «Pruebas
selectivas del PTGAS», a la que se adjuntará la documentación requerida en el
apartado 3.3.
3.6 En este caso, la presentación de solicitudes y la documentación requerida se
realizará en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de esta Universidad,
Pabellón de Gobierno, Avda. de los Castros, 54, 39005 Santander, bien directamente, o
a través de las restantes formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán
entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por la persona empleada de
Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado, a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes,
quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo el procedimiento
descrito, se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en la Oficina de
Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Cantabria.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.8 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de
solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza,
salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el
Tribunal.
3.9 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si
una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario
de los sistemas de presentación de solicitudes, y hasta que se solucione el problema, el
órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes
o la cumplimentación y presentación sustitutoria siempre que dicho plazo no hubiera
vencido. Tanto la incidencia técnica acontecida como, en su caso, la ampliación concreta
del plazo no vencido se publicará en la Sede Electrónica de la Universidad de Cantabria.