III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-19800)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Real Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto, para la organización de misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector de las razas ganaderas selectas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 120812
ejecución de las siguientes misiones inversas relacionadas con el sector de razas
de ganado selecto español, al objeto de reforzar, en particular, la actividad
promocional y comercial a nivel internacional de dicho sector y contribuir, en
general, a la internacionalización de la economía española.
A) Misión Inversa de compradores y prescriptores del sector de razas de
ganado selectas de Estados Unidos y de Europa a SICAB, Sevilla, del 28 de
noviembre al 3 de diciembre del 2023.
B) Misión Inversa de compradores de Europa, EEUU, Asia e Iberoamérica al
Foro nacional caprino en Andalucía. Finales de abril 2024.
C) Misión Inversa de prescriptores del sector de razas de ganado selectas de
Iberoamérica y de Europa a las Ferias de Jerez y/o Menorca de mayo 2024.
D) Misión Inversa de prescriptores del sector de razas de ganado selectas de
Iberoamérica, Europa y Asia a la Feria de Zafra (FIGZAFRA). Última semana de
septiembre 2024.
F) Misión Inversa de prescriptores del sector de razas de ganado selectas de
Norte de África/países árabes, Iberoamérica y Europa, a FEGASUR, que tendrá
lugar en Jerez en 1 al 3 de noviembre 2024.
G) Misión Inversa de compradores y prescriptores del sector de razas de
ganado selectas de Estados Unidos, Iberoamérica y Europa, a SICAB, Sevilla, en
noviembre de 2024.
A estas misiones nos referiremos en adelante, y de forma conjunta a todas,
como las Misiones Inversas.
A estos efectos, se entiende por misión inversa, los viajes organizados a
España con el fin de que los prescriptores de opinión, así como los compradores
conozcan de primera mano las características de la oferta española del sector de
razas ganaderas selectas y hagan contacto con las empresas españolas que
tienen como mercado objetivo los países de los que proceden las referidas
Misiones Inversas.
Las fechas para las Misiones Inversas objeto del presente convenio se
acordarán, en todo caso, en el seno de la Comisión de Seguimiento de
conformidad con lo previsto en la cláusula quinta.
Para la organización de las Misiones Inversas ICEX podrá solicitar, cuando lo
estimen necesario las Partes, la colaboración de la Red de Oficinas Económicas y
Comerciales de España en el exterior (en adelante, Ofecomes), quienes se
configuran como sus centros de actuación en el extranjero.»
Tercera.
Modificación de la cláusula séptima «Vigencia».
«El presente convenio mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre
de 2024 a partir de la fecha en la que adquiera eficacia. Llegado su vencimiento, el
convenio no podrá ser objeto de prórroga.
El convenio se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una
vez inscrito, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, sin perjuicio de su posterior publicación en el “Boletín Oficial del
Estado” (BOE) en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización.»
Cuarta.
Mantenimiento del resto del clausulado del convenio.
En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, será de
aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 26 de septiembre de 2023.
cve: BOE-A-2024-19800
Verificable en https://www.boe.es
La cláusula séptima del convenio queda redactada con el siguiente literal:
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 120812
ejecución de las siguientes misiones inversas relacionadas con el sector de razas
de ganado selecto español, al objeto de reforzar, en particular, la actividad
promocional y comercial a nivel internacional de dicho sector y contribuir, en
general, a la internacionalización de la economía española.
A) Misión Inversa de compradores y prescriptores del sector de razas de
ganado selectas de Estados Unidos y de Europa a SICAB, Sevilla, del 28 de
noviembre al 3 de diciembre del 2023.
B) Misión Inversa de compradores de Europa, EEUU, Asia e Iberoamérica al
Foro nacional caprino en Andalucía. Finales de abril 2024.
C) Misión Inversa de prescriptores del sector de razas de ganado selectas de
Iberoamérica y de Europa a las Ferias de Jerez y/o Menorca de mayo 2024.
D) Misión Inversa de prescriptores del sector de razas de ganado selectas de
Iberoamérica, Europa y Asia a la Feria de Zafra (FIGZAFRA). Última semana de
septiembre 2024.
F) Misión Inversa de prescriptores del sector de razas de ganado selectas de
Norte de África/países árabes, Iberoamérica y Europa, a FEGASUR, que tendrá
lugar en Jerez en 1 al 3 de noviembre 2024.
G) Misión Inversa de compradores y prescriptores del sector de razas de
ganado selectas de Estados Unidos, Iberoamérica y Europa, a SICAB, Sevilla, en
noviembre de 2024.
A estas misiones nos referiremos en adelante, y de forma conjunta a todas,
como las Misiones Inversas.
A estos efectos, se entiende por misión inversa, los viajes organizados a
España con el fin de que los prescriptores de opinión, así como los compradores
conozcan de primera mano las características de la oferta española del sector de
razas ganaderas selectas y hagan contacto con las empresas españolas que
tienen como mercado objetivo los países de los que proceden las referidas
Misiones Inversas.
Las fechas para las Misiones Inversas objeto del presente convenio se
acordarán, en todo caso, en el seno de la Comisión de Seguimiento de
conformidad con lo previsto en la cláusula quinta.
Para la organización de las Misiones Inversas ICEX podrá solicitar, cuando lo
estimen necesario las Partes, la colaboración de la Red de Oficinas Económicas y
Comerciales de España en el exterior (en adelante, Ofecomes), quienes se
configuran como sus centros de actuación en el extranjero.»
Tercera.
Modificación de la cláusula séptima «Vigencia».
«El presente convenio mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre
de 2024 a partir de la fecha en la que adquiera eficacia. Llegado su vencimiento, el
convenio no podrá ser objeto de prórroga.
El convenio se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una
vez inscrito, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, sin perjuicio de su posterior publicación en el “Boletín Oficial del
Estado” (BOE) en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización.»
Cuarta.
Mantenimiento del resto del clausulado del convenio.
En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, será de
aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 26 de septiembre de 2023.
cve: BOE-A-2024-19800
Verificable en https://www.boe.es
La cláusula séptima del convenio queda redactada con el siguiente literal: