III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-19793)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Envatios Promoción XXIV, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Envatios XXIV-Fase II, de 82,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Valdilecha, Mejorada del Campo, Campo Real, Arganda del Rey, Loeches y Velilla de San Antonio (Comunidad de Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Martes 1 de octubre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
19793

Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Envatios Promoción XXIV, SL,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Envatios XXIV-Fase II, de 82,6
MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Valdilecha,
Mejorada del Campo, Campo Real, Arganda del Rey, Loeches y Velilla de
San Antonio (Comunidad de Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad
pública.

(i) en cuanto a la generación, la PSFV Envatios XXIV Fase II en Valdilecha se
podrá ubicar sobre las zonas denominadas como 1 y 2, pero no sobre las 3 a 5 dada su
colindancia con la IBA 75 «Alcarria de Alcalá», su proximidad al Corredor Ecológico
Oriental y el efecto sinérgico negativo de las infraestructuras propuestas en este
proyecto con otras PSFV colindantes propuestas en la zona. La zona coincide además
con una «zona kernel» con avistamiento de sisón y avutarda, de acuerdo con la
condición i.1.a; y
(ii) en cuanto a la evacuación, con la finalidad de eliminar las afecciones
medioambientales se soterrará la línea de 30kV privativa de la PSFV Envatios XXIV
Fase II ubicadas en Valdilecha que van a la SET Envatios XXIV ubicada en Mejorada del
Campo, de acuerdo con la condición i.1.c.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del
proyecto, se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización
administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los
supuestos del artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

cve: BOE-A-2024-19793
Verificable en https://www.boe.es

Envatios Promoción XXIV, SL solicitó, con fecha 1 de febrero de 2021, autorización
administrativa previa de la fotovoltaica Envatios XXIV-Fase II, de 91 MWp, en los
términos municipales de Torres de la Alameda, Villalbilla y San Fernando de Henares, así
como sus infraestructuras de evacuación en la Comunidad de Madrid.
Mediante Resolución de 21 de junio de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Envatios Promoción XXIV, SL autorización administrativa
previa para la instalación fotovoltaica Envatios XXIV-Fase II, de 82,6 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación en los términos municipales de
Valdilecha, Mejorada del Campo, Campo Real, Arganda del Rey y Loeches, en la
Comunidad de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa),
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 157, de 3 de julio de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 21 de marzo de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 79,
de 3 de abril de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones: