I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-19675)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 13 y 17 de septiembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 120149

Privilegios e inmunidades
24. Será de aplicación a los funcionarios en comisión de servicio, con excepción del
apartado b), el artículo 18 del Acuerdo General sobre Privilegios e Inmunidades, de 2 de
septiembre de 1949.
Viajes oficiales
25. Los funcionarios adscritos solo podrán ser enviados en viaje oficial en el
contexto de las funciones que se les asignen de conformidad con el artículo 11 del
presente Reglamento.
26. Los gastos de los viajes oficiales se reembolsarán a los funcionarios adscritos
de conformidad con las normas y reglamentos aplicables al personal permanente del
Consejo de Europa.
Artículo final
27. El presente Reglamento podrá complementarse con normas para su aplicación
emitidas por el Secretario General previa consulta con el Comité de Personal.
28. La presente resolución entrará en vigor en la fecha de su aprobación y sustituye
y reemplaza a la Resolución Res(2003)5, relativa al Reglamento para la adscripción al
Consejo de Europa de funcionarios internacionales o nacionales, regionales o locales.
29. Las disposiciones de la presente resolución serán aplicables a todo acuerdo
entre el Secretario General y un Representante Permanente de un Estado miembro o un
Director de una organización internacional concertado antes de la entrada en vigor de la
presente resolución, en la medida en que estén contenidas en la Resolución Res(2003)5.
Podrá establecerse la plena aplicabilidad de la presente resolución a esos acuerdos
mediante un anexo al acuerdo de que se trate.

cve: BOE-A-2024-19675
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Núm. 237