I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-19675)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 13 y 17 de septiembre de 2024.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120181
En el supuesto de producirse una huelga o un retraso en el vuelo que se prolonguen
durante más de cuatro horas, la póliza cubrirá el gasto derivado de la adquisición de
nuevos billetes, una noche de hotel o las carreras de taxi.
3.5
Formulario de solicitud.
Las solicitudes (mediante el formulario especial disponible en la Oficina de Viajes)
deberán realizarse lo antes posible. Deberán enviarse junto con la documentación
necesaria a la Oficina de Viajes, que la remitirá a la aseguradora.
Se adjuntará siempre a la solicitud la documentación pertinente (originales y
traducciones al inglés o francés).
4.
Situaciones especiales
Para aquellas personas cuyos gastos de viaje y dietas no corran a cargo del Consejo
de Europa, pero cuyo trabajo esté relacionado con actividades en que la Organización
tenga un especial interés, se podrá negociar una cobertura de la póliza CHARTIS.
El departamento en cuestión deberá enviar un correo electrónico a la Oficina de
Viajes (bureau-voyages@coe.int) con el número de personas (no son necesarios los
nombres de cada uno) y las fechas pertinentes (que deberán incluir los días de viaje y
los de celebración de reuniones).
La carta de invitación y/o el contrato de servicio deberá incluir el párrafo estándar
«Los riesgos específicos relativos a este viaje están cubiertos por una póliza CHARTIS
(número 2.004.761), que proporciona cobertura hasta que el interesado cumpla 76 años.
En caso de necesidad puede contactarse con el siguiente teléfono de asistencia 24
horas de CHARTIS: +32 3 253 69 16».
4.1
Zonas no cubiertas por la póliza de seguro de viajes.
No estarán cubiertos los siguientes países:
–
–
–
–
–
–
Afganistán.
Corea del Norte.
Irak.
Costa de Marfil.
Somalia.
Sudán.
En consecuencia, no podrá autorizarse ningún viaje oficial a estos países.
Además, los viajes oficiales a Chechenia solo están cubiertos en la actualidad previa
notificación a la aseguradora. Por tanto, todos los viajes oficiales a Chechenia exigen
que se dé un preaviso de al menos cuatro días hábiles a la Oficina de Viajes (Bureauvoyage@coe.int), para poder remitir a la aseguradora los nombres de los viajeros antes
de la salida.
Se cobrará una prima adicional de 50$ por día y viajero.
Téngase en cuenta que el personal que no avise con antelación de un viaje oficial a
Chechenia no estará cubierto frente a daños o lesiones.
Personas mayores de 75 años.
Actualmente, examinando cada caso de forma individual, puede obtenerse cobertura
de CHARTIS para las personas mayores de 75 años enviando un certificado médico de
su estado de salud a la aseguradora antes del viaje.
En función del certificado médico, la aseguradora podrá denegar la póliza, cobrar una
prima adicional o conceder una cobertura sin condiciones.
cve: BOE-A-2024-19675
Verificable en https://www.boe.es
4.2
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120181
En el supuesto de producirse una huelga o un retraso en el vuelo que se prolonguen
durante más de cuatro horas, la póliza cubrirá el gasto derivado de la adquisición de
nuevos billetes, una noche de hotel o las carreras de taxi.
3.5
Formulario de solicitud.
Las solicitudes (mediante el formulario especial disponible en la Oficina de Viajes)
deberán realizarse lo antes posible. Deberán enviarse junto con la documentación
necesaria a la Oficina de Viajes, que la remitirá a la aseguradora.
Se adjuntará siempre a la solicitud la documentación pertinente (originales y
traducciones al inglés o francés).
4.
Situaciones especiales
Para aquellas personas cuyos gastos de viaje y dietas no corran a cargo del Consejo
de Europa, pero cuyo trabajo esté relacionado con actividades en que la Organización
tenga un especial interés, se podrá negociar una cobertura de la póliza CHARTIS.
El departamento en cuestión deberá enviar un correo electrónico a la Oficina de
Viajes (bureau-voyages@coe.int) con el número de personas (no son necesarios los
nombres de cada uno) y las fechas pertinentes (que deberán incluir los días de viaje y
los de celebración de reuniones).
La carta de invitación y/o el contrato de servicio deberá incluir el párrafo estándar
«Los riesgos específicos relativos a este viaje están cubiertos por una póliza CHARTIS
(número 2.004.761), que proporciona cobertura hasta que el interesado cumpla 76 años.
En caso de necesidad puede contactarse con el siguiente teléfono de asistencia 24
horas de CHARTIS: +32 3 253 69 16».
4.1
Zonas no cubiertas por la póliza de seguro de viajes.
No estarán cubiertos los siguientes países:
–
–
–
–
–
–
Afganistán.
Corea del Norte.
Irak.
Costa de Marfil.
Somalia.
Sudán.
En consecuencia, no podrá autorizarse ningún viaje oficial a estos países.
Además, los viajes oficiales a Chechenia solo están cubiertos en la actualidad previa
notificación a la aseguradora. Por tanto, todos los viajes oficiales a Chechenia exigen
que se dé un preaviso de al menos cuatro días hábiles a la Oficina de Viajes (Bureauvoyage@coe.int), para poder remitir a la aseguradora los nombres de los viajeros antes
de la salida.
Se cobrará una prima adicional de 50$ por día y viajero.
Téngase en cuenta que el personal que no avise con antelación de un viaje oficial a
Chechenia no estará cubierto frente a daños o lesiones.
Personas mayores de 75 años.
Actualmente, examinando cada caso de forma individual, puede obtenerse cobertura
de CHARTIS para las personas mayores de 75 años enviando un certificado médico de
su estado de salud a la aseguradora antes del viaje.
En función del certificado médico, la aseguradora podrá denegar la póliza, cobrar una
prima adicional o conceder una cobertura sin condiciones.
cve: BOE-A-2024-19675
Verificable en https://www.boe.es
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