I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-19675)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 13 y 17 de septiembre de 2024.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120177
social). La mayor parte de agentes de seguros de Francia ofrecen estos contratos. Los
precios varían en función de la compañía y el grado de cobertura que se desee contratar.
2.2
Otras situaciones.
En caso de que la Administración del interesado no realice aportaciones a un sistema
de seguridad social que pueda transferirse al sistema francés, existen dos posibilidades:
2.2.1 Que el sistema nacional o el sistema concreto que le ampare cubra sus
gastos y los de su familia en el extranjero durante la duración total de su comisión de
servicio. En ese caso, deberá comprobar antes de la partida el alcance de la cobertura y
asegurarse de que tiene en su poder toda la documentación necesaria.
2.2.2 Que el empleador contrate una póliza privada en nombre del interesado que
le cubrirá en el extranjero a él y a su familia durante toda la vigencia de la comisión
de servicio, a su llegada a Estrasburgo. En caso de que se desee contratar este tipo de
póliza, la Unidad de Seguridad Social y Pensiones facilitará un listado de agentes de
seguros (véase el anexo). Estos contactos se ofrecen a modo de ejemplo. El Consejo de
Europa no tiene ningún acuerdo específico con ninguno de dichos agentes o compañías
aseguradoras, y no se hace responsable por las posibles consecuencias derivadas
de firmar un contrato con cualquiera de ellos.
3.
Seguro de accidentes [como se indica en el artículo 16 de la Resolución (2012)2]
Durante el período de comisión de servicio, el Consejo de Europa suscribirá un plan
privado de seguro de accidentes a favor del funcionario adscrito. No obstante, esta póliza
no puede considerarse sustitutiva del seguro de cobertura médica y social. Concretamente,
no será de aplicación en caso de gastos relacionados con una enfermedad. Además,
téngase en cuenta que esta póliza no cubre a los miembros de la familia.
Las prestaciones y sumas de capital asegurados en caso de accidente cubrirán los
siguientes riesgos:
(25)
– Seguro de vida: 76 225 euros.
– Incapacidad permanente total: 152 450 euros.
– Incapacidad permanente parcial: % variable en función de la escala de incapacidad
de la póliza del seguro.
– Incapacidad temporal total: 76 euros al día (máximo 1 año).
– Tarifas médicas: 3 811 euros.
(25)
Cantidades vigentes a 1 de enero de 2009.
En caso de accidente durante la comisión de servicio, deberá contactarse
inmediatamente con la Unidad de Seguridad Social y Pensiones, para que se puedan
realizar las gestiones necesarias con la compañía aseguradora.
Ausencia por motivos médicos
La norma n.º 1331, de 24 de marzo de 2011, contiene las disposiciones aplicables en
casos de ausencia por motivos de salud, maternidad, paternidad o adopción. Consultar
el manual administrativo en la Intranet, en la sección «cobertura médica y social».
4.1
Informar al departamento.
Tanto si se está en poder de un justificante médico inicial como si se deja de acudir al
trabajo por enfermedad sin contar con un justificante, lo primero que debe hacerse es
informar al jefe del departamento, o al responsable de recibir dicha información en ese
departamento, durante la primera media jornada de ausencia del trabajo.
cve: BOE-A-2024-19675
Verificable en https://www.boe.es
4.
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120177
social). La mayor parte de agentes de seguros de Francia ofrecen estos contratos. Los
precios varían en función de la compañía y el grado de cobertura que se desee contratar.
2.2
Otras situaciones.
En caso de que la Administración del interesado no realice aportaciones a un sistema
de seguridad social que pueda transferirse al sistema francés, existen dos posibilidades:
2.2.1 Que el sistema nacional o el sistema concreto que le ampare cubra sus
gastos y los de su familia en el extranjero durante la duración total de su comisión de
servicio. En ese caso, deberá comprobar antes de la partida el alcance de la cobertura y
asegurarse de que tiene en su poder toda la documentación necesaria.
2.2.2 Que el empleador contrate una póliza privada en nombre del interesado que
le cubrirá en el extranjero a él y a su familia durante toda la vigencia de la comisión
de servicio, a su llegada a Estrasburgo. En caso de que se desee contratar este tipo de
póliza, la Unidad de Seguridad Social y Pensiones facilitará un listado de agentes de
seguros (véase el anexo). Estos contactos se ofrecen a modo de ejemplo. El Consejo de
Europa no tiene ningún acuerdo específico con ninguno de dichos agentes o compañías
aseguradoras, y no se hace responsable por las posibles consecuencias derivadas
de firmar un contrato con cualquiera de ellos.
3.
Seguro de accidentes [como se indica en el artículo 16 de la Resolución (2012)2]
Durante el período de comisión de servicio, el Consejo de Europa suscribirá un plan
privado de seguro de accidentes a favor del funcionario adscrito. No obstante, esta póliza
no puede considerarse sustitutiva del seguro de cobertura médica y social. Concretamente,
no será de aplicación en caso de gastos relacionados con una enfermedad. Además,
téngase en cuenta que esta póliza no cubre a los miembros de la familia.
Las prestaciones y sumas de capital asegurados en caso de accidente cubrirán los
siguientes riesgos:
(25)
– Seguro de vida: 76 225 euros.
– Incapacidad permanente total: 152 450 euros.
– Incapacidad permanente parcial: % variable en función de la escala de incapacidad
de la póliza del seguro.
– Incapacidad temporal total: 76 euros al día (máximo 1 año).
– Tarifas médicas: 3 811 euros.
(25)
Cantidades vigentes a 1 de enero de 2009.
En caso de accidente durante la comisión de servicio, deberá contactarse
inmediatamente con la Unidad de Seguridad Social y Pensiones, para que se puedan
realizar las gestiones necesarias con la compañía aseguradora.
Ausencia por motivos médicos
La norma n.º 1331, de 24 de marzo de 2011, contiene las disposiciones aplicables en
casos de ausencia por motivos de salud, maternidad, paternidad o adopción. Consultar
el manual administrativo en la Intranet, en la sección «cobertura médica y social».
4.1
Informar al departamento.
Tanto si se está en poder de un justificante médico inicial como si se deja de acudir al
trabajo por enfermedad sin contar con un justificante, lo primero que debe hacerse es
informar al jefe del departamento, o al responsable de recibir dicha información en ese
departamento, durante la primera media jornada de ausencia del trabajo.
cve: BOE-A-2024-19675
Verificable en https://www.boe.es
4.